Excomunión ‘ipso facto’ a quien aborte

La Iglesia católica advirtió que la excomunión se aplicará ipso facto contra las mujeres que aborten y quienes colaboren en el hecho, después de que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) avaló la despenalización del aborto en la ciudad de México antes de las 12 semanas de gestación, y abrió la puerta para que otras entidades puedan legislar en el mismo sentido.

Jerarcas y feligreses rezaron en la Catedral Metropolitana para que los ministros que aprobaron la “criminal ley del aborto” alcancen el perdón.

El arzobispo José Guadalupe Martín Rábago recordó que “la pena de la excomunión se impone desde 1917 para las personas que consciente, libre y voluntariamente abortan y para aquellas que colaboran en la realización de ese acto”.

“No todo lo que es legal es moral”, comentó el arzobispo durante su homilía en León, Guanajuato, en referencia al dictamen de la Corte.

Sobre el mismo asunto se expresó el cardenal Norberto Rivera Carrera, quien descalificó a quienes “quieren corregirle la plana a Dios”, al pretender que la procreación siga otras leyes o, más aún, “legislar la ley de la selva”.

Al oficiar la misa dominical, el arzobispo primado de México advirtió que en nombre del Estado laico, ministros de la Corte sentenciaron que el derecho a la vida no existe como tal en la Constitución, ni en las leyes internacionales.



Norberto Rivera criticó a la sociedad “atrincherada en su egoísmo” que, aseguró, es incapaz de la mínima renuncia a su ideología: “Qué decir de una época en la que cada vez con mayor causalidad se suprime la vida del niño, sin permitir el nacimiento de quien puede estorbar la vida de quienes van a engendrar”.

Cuestionó a quienes no se detienen ante los derechos elementales de las personas y actúan sin escrúpulo alguno, movidos por el éxito económico, el triunfo social y el ansia de poder.

El arzobispo José Guadalupe Martín Rábago explicó que en el derecho canónico hay dos clases de excomuniones: la que se impone a un persona mediante un procedimiento (juicio) en el que se le dice que como resultado de esa acción “tú estás excomulgado”. Y hay la ex comunión late sentencie, esto es, que no necesitan una sentencia.

En el caso del aborto, agregó, no media proceso, ni se requiere sentencia, la excomunión es ipso facto, por el hecho de haber cometido esa acción.

Sólo quedan exentas de ese castigo las mujeres menores de 16 años de edad.

Además, el editorial del órgano informativo semanal de la Arquidiócesis, Desde la fe, considera que sólo en algo tienen razón los defensores del aborto: “A nadie se le obliga a abortar, y esto se logrará combatir con valores, principios y testimonios”, aseguran.

Xóchitl Álvarez y Ruth Rodríguez, El Universal, 1° de septiembre.


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