Iniciativa del PRI para transición de AM a FM da certeza jurídica a permisionarios y concesionarios

Para el grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional (PRI) en el Senado de la República, la iniciativa de ley presentada el 4 de junio del actual por el coordinador de la bancada, senador Manlio Fabio Beltrones, para la migración de las estaciones de radio de amplitud modulada (AM) a la banda de frecuencia modulada (FM) plantea la ruta de la certeza jurídica para los inversionistas y permisionarios, a partir de una adición a la ley que responsabiliza al Estado de proteger y vigilar para el debido cumplimiento de su función social.

En opinión de los senadores priístas, hacía tiempo que un asunto de interés público, como es la regulación de los medios de radiodifusión, no daba lugar a la expresión de posiciones encontradas que revelan brechas profundas en la noción e interpretación de los principios básicos que rigen nuestro orden jurídico y el pacto nacional. Este es el caso de las recientes propuestas relativas a la transición tecnológica de las estaciones de radio de AM a la banda de FM, apuntaron.

Explicaron que el contraste básico se ubica entre un acuerdo intersecretarial que el Ejecutivo federal hace público en días de asueto general, y una iniciativa legislativa presentada tres meses antes, que adiciona la Ley Federal de Radio y Televisión (LFRT) y actualmente se encuentra en proceso de dictamen, pero, aunque el tema en cuestión es el mismo, las diferencias de forma y fondo son significativas.

El acuerdo intersecretarial, apuntaron los legisladores del PRI, plantea una vía administrativa a la transición digital que, en realidad, es una falsa salida, porque será fuente de incertidumbre jurídica para los concesionarios y permisionarios de las frecuencias de AM, y es negligente respecto a la función social que desempeñan estas radiodifusoras, las fuentes de empleo que éstas proveen y el criterio de pluralidad que debe regir la regulación de esta actividad de interés público, como recientemente resolvió la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

La iniciativa de ley, por su parte, plantea la ruta de la certeza jurídica para los inversionistas y permisionarios, a partir de una adición a la LFRT que establece que: “La radio y televisión constituyen una actividad de interés público” que el Estado tiene la responsabilidad de proteger y vigilar para el debido cumplimiento de su función social, precisaron los senadores del PRI.

Esto, en claro contraste con un acuerdo que en forma discrecional otorga a la Secretaría de Gobernación la facultad de sancionar la idoneidad de las nuevas asignaciones en FM, por encima de las atribuciones de los órganos de regulación competentes, como es el caso de la Cofetel y la CFC, añadieron.

“Más aún, mientras para el Ejecutivo el cambio de una frecuencia a otra exige el pago de una contraprestación que se fijará mediante criterios comerciales, sin distinguir entre concesionarios y permisionarios, la iniciativa interpreta que la transición tecnológica implica un programa de sustitución, y con base en ello exceptúa a las radiodifusoras del proceso de licitación y de la obligación de saldar una contraprestación, sin omitir la consideración de los cerca de 20 mil empleos que están en riesgo con el proceso de transición, así como la función social que las estaciones de AM desempeñan a nivel regional y entre segmentos de población específicos (en particular, aquellos mayores de 55 años que en 40 por ciento escuchan la radio de AM).”

Y concluyeron:

“Vaya contraste, entonces, entre un acuerdo que en forma burda intenta madrugar e imponer un control político clientelar a los radiodifusores, y una vía institucional y legal fundada en la función social que debe guardar una actividad de interés público y la gestión de un bien del Estado.”

La Jornada, 22 de septiembre.


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