Avalan en DF la 'ley fuga'

La Ley que Regula el Uso de la Fuerza de los Cuerpos Policiacos abrió la posibilidad para que los agentes del Distrito Federal puedan aplicar la denominada "ley fuga".

Un análisis realizado por un grupo de investigadores del Instituto de Formación Profesional (IFP) de la Procuraduría General de Justicia del DF alerta que la legislación autoriza el uso de un arma de fuego en contra de un presunto delincuente cuando desobedezca las órdenes de algún agente o trate de escapar.

En el estudio, que fue publicado por el IFP, analiza cada uno de los 38 artículos que componen la ley, que entró en vigor a finales del mes de abril.

El texto, que suscribe Miguel Ontiveros, director del Instituto, advierte, sobre el artículo 12, de las consecuencias que pueden derivarse de la legítima defensa de los policías.

Ese apartado de la legislación señala: "El Policía sólo empleará armas de fuego en defensa propia o de otras personas, en caso de peligro inminente de muerte o de lesiones graves, o con el propósito de evitar la comisión de un delito particularmente grave que entrañe una seria amenaza para la vida o con el objeto de detener a una persona que represente ese peligro y oponga resistencia o por impedir su fuga".

"Esta es una expresión", apunta Ontiveros, "que no se puede permitir. Debiera quedar claro que el policía sólo puede usar su arma en legítima defensa. Cuando una persona se da a la fuga está rehusando al enfrentamiento y no se le puede disparar para detenerla. Eso sería como dispararle por lo que hizo y no por lo que está haciendo.

"Diferente sería el caso en el que el probable responsable (de un delito) se da a la fuga después de lesionar a alguien y al momento de observar que el policía lo sigue, se voltea y le dispara al agente de la autoridad", dice el estudio.

De esa forma, destaca Ontiveros, se acaba con el mito de que un policía comete homicidio si el presunto delincuente recibe el disparo en la espalda.

"Durante las persecuciones policiales, hay casos en que los agresores que se dan a la fuga, por ejemplo, en motocicleta, se voltean y apuntan para disparar al policía que viaja en la patrulla. En casos como éste el policía está facultado para disparar", señala.

El 26 de febrero pasado, la Asamblea Legislativa del Distrito Federal aprobó por unanimidad la citada ley, la cual fue promovida por Joel Ortega cuando aún era Secretario de Seguridad Pública local.

El Gobierno del Distrito Federal la publicó en la gaceta de la Ciudad el 22 de abril, y un día después entró en vigor.

Arturo Sierra, Reforma, 4 de septiembre.


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