IFE vio poco éticos, pero no ilegales, actos de tv

Consejeros del Instituto Federal Electoral (IFE) defendieron la decisión de no multar a las televisoras más importantes del país —Televisa y Televisión Azteca— por la transmisión en bloque de spots de los partidos políticos durante programas especiales, deportivos, culturales e infantiles.

El consejero Marco Antonio Baños, promotor del sobreseimiento de los procesos especiales sancionadores contra las dos empresas, sostuvo que no se actualizó ninguna hipótesis que permitiera determinar que incurrieron en una falta a la ley.

Luego de más de cuatro horas de debate, el Consejo General del IFE determinó el jueves, con una votación dividida entre consejeros —de cinco a cuatro—, que las empresas se libraban de pagar multas por 7 millones para Tv Azteca y 4 millones a Televisa, al desechar la propuesta presentada por la Secretaría Ejecutiva del instituto.

Para el consejero Benito Nacif no hay claridad en las faltas. “La imperfección de los instrumentos legales y de su implementación, nos llevan a dudas legítimas”, dijo. Admitió que el comportamiento de las televisoras puedo haber estado fuera de la normalidad, pero que el derecho administrativo sancionador del IFE exige una aplicación estricta de la ley.

Indicó que la autoridad debe estar sujeta al principio de legalidad y que en materia de sanciones electorales sólo se puede castigar aquellas conductas que se vean directamente comprometidas por un supuesto legal “aunque los particulares realicen actos que sean social o éticamente cuestionables”.

Baños rechazó que los consejeros que votaron por desechar el caso hayan negociado la ley con ambas empresas, y estableció que este sobreseimiento no impide que en el futuro el IFE pueda sancionar a medios electrónicos por la eventual comisión de una falta.

“No se actualizaron los supuestos establecidos en la ley, además es muy claro que las conductas han venido arreglándose por lo tanto creo que la infracción real cometida es al artículo 75 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales”, explicó.
Dijo que en la sesión del Consejo General del pasado viernes los cinco consejeros que votaron por el sobreseimiento detallaron los motivos e insistió en que la ley no se negociará con ninguna empresa de medios de comunicación.
“No se negocia la ley —recalcó— estamos claros que lo que aquí ocurrió es que simple y llanamente se actualizó una sola conducta que fue la violación al artículo 75 y fue infraccionada en los términos” que implica multa por 2 mdp.
Francisco Reséndiz, El Universal, 15 de febrero.

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