Impugna CNDH opacidad de averiguaciones previas

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) presentó una acción de inconstitucionalidad ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) contra la reforma al artículo 16 del Código Federal de Procedimientos Penales.

En un comunicado, la CNDH informó que con dicha reforma, publicada el 23 de enero en el Diario Oficial, determina que todas las averiguaciones previas tienen carácter reservado.

Además sólo se permitirá el acceso a aquellas indagatorias en que se determinó el no ejercicio de la acción penal, después de pasados cuando menos tres años y hasta el plazo de 12, contados a partir de que han quedado concluidas.

Sin embargo para la CNDH tal precepto limita el derecho al acceso a la información, debido a que obstaculiza el conocimiento de las indagatorias concluidas, sin que exista justificación constitucional para tal restricción.

La demanda de acción de inconstitucionalidad ante la SCJN destaca que al calificar como estrictamente reservada la información relacionada con las averiguaciones previas, excluye de su acceso a la CNDH, con lo cual se vulnera el título primero y el artículo 102, apartado B, ambos de la Constitución Federal.

Lo anterior, "al hacerse nugatorio el medio de protección no jurisdiccional de los derechos humanos previsto por la Constitución a nivel federal y, con ello, restringir la eficacia de estos derechos".

La CNDH señaló que al no tener acceso a las averiguaciones previas, no se podrá realizar su labor sustantiva de protección a los derechos humanos.

Con esa medida estará imposibilitada para determinar si los diversos derechos que otorga la Carta Magna son respetados por las autoridades administrativas relacionadas con el trámite de una averiguación previa, expuso.

En este sentido, agregó que "disminuyen drásticamente las posibilidades de defensa de los gobernados, aumentando las de una conducta arbitraria de las autoridades administrativas, quienes por virtud de la reforma se liberan de un medio de control constitucional".

Hasta antes de la reforma, explicó la CNDH, sólo tenía carácter de reservado la información vinculada a averiguaciones previas no concluidas, es decir, en trámite o en reserva, para salvaguardar el buen curso de las investigaciones a cargo de la Procuraduría General de la República.

Pero al tratarse de solicitudes de acceso a averiguaciones previas concluidas, en los casos donde se emiten dictámenes de no ejercicio de la acción penal, el Instituto Federal de Acceso a la Información consideró procedente acceder en versión pública a dichas averiguaciones previas, dictámenes o a pliegos de consignación.

Lo mismo para los casos en los que ha determinado consignar penalmente a una persona, finalizó el texto de la CNDH.
Crónica, 9 de febrero.

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