Busca ley docente control de plazas

La iniciativa para que los maestros sean evaluados pone en manos del Gobierno el proceso de ingreso, nombramientos y permanencia de los docentes, y obliga a que los profesores sean sometidos a una evaluación periódica si no quieren ser despedidos.

Si no aprueban la evaluación tendrán tres oportunidades anuales; en la última, el maestro en servicio podrá ser separado de sus funciones; o despedido, sin derecho a liquidación, si entra al servicio después de publicada esta ley.

También sanciona con el despido, sin responsabilidad para la autoridad educativa, a quienes no se sometan a la evaluación que establezca el instituto responsable, o a quien no asista a su centro laboral por tres días consecutivos.

La iniciativa de la llamada Ley del Servicio Profesional Docente, que propuso la SEP, establece un nuevo marco legal para el servicio docente, y le quita a los sindicatos la facultad de intervenir en la asignación de las plazas, al otorgar a las autoridades educativas federal y estatales el control de las plazas de nueva creación y vacantes.

De ser aprobado el proyecto legislativo, los dirigentes magisteriales, que en la actualidad intervienen en la definición del ingreso, promoción y cambio de escuela de los maestros, y la asignación de directores, supervisores y Asesores Técnicos Pedagógicos, serán sólo observadores de los procesos.

La iniciativa, que fue dictaminada en comisiones de la Cámara de Diputados pero cuya aprobación en el pleno fue frenada por las protestas de la CNTE, elimina el "fuero" magisterial contenido en la actual Ley General de Educación, que los exenta de cualquier sanción.

"El incumplimiento de las obligaciones establecidas en el artículo 69 de la presente ley, dará lugar a la terminación de los efectos del nombramiento correspondiente sin responsabilidad para la autoridad educativa", señala el artículo 74 del dictamen.

El artículo 69 indica las obligaciones de docentes, directores y supervisores, entre las que destacan someterse a la evaluación, pasar por un periodo de inducción al ingresar al servicio, prestar sus servicios en la escuela asignada, y abstenerse de ocupar una plaza sin pasar por los procesos que establece la ley.

En 2008, la SEP y el SNTE pactaron en el marco de la Alianza por la Calidad de la Educación, el Concurso Nacional para la Asignación de Plazas Docentes; ambos definen los requisitos de ingreso, que incluye ser egresado de las escuelas normales y aprobar con al menos 30 por ciento de aciertos el Examen Nacional que aplica la SEP y elabora el Ceneval.

Sin embargo, la propuesta de nueva ley no especifica que los docentes deban de provenir de normales, por lo que deja abierta la posibilidad de que ocupen esas plazas personas que tengan otras carreras.

El dictamen señala que habrá tres tipos de nombramientos: temporal, por tiempo fijo y definitivo, cuando en la actualidad, la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado establece que después de seis meses y un día el trabajador tendrá una nombramiento definitivo.


La ley que rige las relaciones laborales de los maestros señala que la autoridad debe fijar los requisitos para el ingreso, y el artículo 62 otorga al sindicato el control sobre 50 por ciento de las plazas, de nuevo ingreso y vacantes.

Contenidos polémicos


Algunos de los puntos más polémicos de la Ley del Servicio Profesional Docente, según el dictamen que discute el Congreso, la visión de la CNTE y la propuesta del PRD:


       DICTAMENCNTEPRD
EVALUACIÓN- "Acción realizada para medir la calidad y resultados de la función docente, directiva, de supervisión, de Asesoría Técnica Pedagógica o cualquier otra de naturaleza académica".-"Un proceso diagnóstico, crítico...propositivo, colectivo, contextual y complejo donde influyen diferentes factores y actores de la educación. Por estas razones se rechaza la medición estandarizada, mecanicista, discriminatoria y excluyente que promueve esta contrarreforma".- "Será proceso dialógico, ético, formativo, reflexivo, sistemático, contextualizado, permanente e integral, que debe servir únicamente para mejorar la calidad de la actividad profesional y los indicadores del proceso educativo en general".
INGRESO AL SERVICIO DOCENTE- "El ingreso al servicio en la educación básica y media superior que imparta el Estado y sus organismos descentralizados, se llevará a cabo mediante concursos de oposición, preferentemente anuales, que garanticen la idoneidad de los conocimientos y las capacidades necesarias".- "Se demanda la asignación de la plaza automática para todos los egresados de las Escuelas Normales Públicas del País, toda vez que quienes han sido acreditados por una institución formadora reconocida oficialmente, cuentan con el perfil formativo y el derecho a ser contratados".- "La selección es la etapa que permite determinar a los evaluadores la idoneidad del perfil de los aspirantes... quienes deberán cumplir con los siguientes requisitos: - "I. Contar con la formación pedagógica requerida por cada nivel educativo, dando prioridad a los docentes formados en escuelas normales o instituciones de formación docente".
NOMBRAMIENTO DEFINITIVO- "Al término del periodo de inducción (de dos años) la autoridad educativa o el organismo descentralizado evaluará al docente para determinar si en la práctica favorece el aprendizaje de los alumnos y, en general, si cumple con las exigencias propias de la función docente".- "La basificación a los 6 meses y 1 día de todas las plazas; y demandamos interinas y temporales, compensatorias, estatales y federales y el respeto a los derechos laborales".- "El aspirante seleccionado... recibirá el nombramiento de docente, en el puesto y categoría que corresponda por parte de la Secretaría o de la autoridad educativa que convoque, por un plazo de 180 días. Al término de dicho plazo recibirá el nombramiento definitivo".
PROMOCIÓN DE MAESTRO A DIRECTOR- "La promoción a cargos con funciones de dirección y de supervisión en la educación básica y media superior que imparta el Estado y sus organismos descentralizados, se llevará a cabo mediante concursos de oposición que garanticen la idoneidad de los conocimientos y las capacidades necesarias, además de haber ejercido como docente un mínimo de dos años".- "Respeto a los derechos de los trabajadores y a la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado" (que incluye el ascenso a través del Reglamento de Escalafón).- "Para lograr el reconocimiento, la recategorización o promoción laboral por ascenso, los aspirantes deberán acreditar en las evaluaciones de desempeño respectivas, (entre otras) lo siguiente: desarrollo eficiente de la función; antigüedad en el puesto de por lo menos dos años; formación, actualización y capacitación en relación al perfil solicitado; méritos docentes o académico-directivos".
PERMANENCIA- "Las autoridades educativas y los organismos descentralizados deberán evaluar el desempeño docente... En los casos de quien no se incorpore a los programas de regularización o no alcance un resultado suficiente en la tercera evaluación que se le practique, se darán por terminados los efectos del nombramiento correspondiente sin responsabilidad para la autoridad educativa o el organismo descentralizado, según corresponda".- "Ningún trabajador de la educación debe ser despedido a consecuencia de una medición punitiva; por tanto, se exige un programa de basificación masiva para quienes hoy cubren plazas temporales.
- "Respeto a la plaza base y la inamovilidad de los trabajadores de la educación".
- "La permanencia en el servicio educativo, no estará condicionada a las evaluaciones del desempeño establecidas en la presente ley y bajo ninguna circunstancia dará lugar a la pérdida de una plaza, puesto, categoría o nivel salarial adquirido en el sector educativo".
- "Los sujetos del servicio profesional que se encuentre en servicio, tendrán garantizada su permanencia, con pleno respeto de los derechos laborales que como trabajadores de la educación les correspondan".



Fuentes: Dictamen de la Ley General del Servicio Profesional Docente; Análisis y perspectiva de la Reforma Educativa. Memoria y Resolutivos, julio 2013; Propuesta del PRD de Ley General del Servicio Profesional Docente.

Sonia del Valle, Reforma, 28 de agosto.

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