Ocultan contratos de telefonía y TV

Pese a que ya un tribunal federal ordenó a Cablevisión eliminar dos cláusulas de sus contratos, por resultar abusivas, las firmas más importantes en telefonía fija, móvil y TV de paga no han hecho públicos los documentos que rigen la relación con sus clientes.

Desde octubre del año pasado, este tipo de empresas están obligadas a publicar sus contratos de servicio en sus páginas de internet, pero al menos Sky, Cablevisión, Telefónica México, Telmex, Axtel, Iusacell y Megacable no lo han hecho.

Según la Norma Oficial Mexicana 184 en materia de telecomunicaciones, el proveedor de este tipo de servicios debe tener disponible en la red los precios, la descripción del servicio, sus características, planes o paquetes y el modelo de contrato de adhesión registrado ante Profeco, entre otros detalles de la relación con sus clientes.

Pero además deben evitar preceptos concretos que marca la NOM que son considerados abusivos, como los plazos forzosos, cambios en los precios o términos del servicio o el bloqueo de los dispositivos para que no puedan ser usados a través de otra compañía.

Telcel, Dish y Nextel mantienen este tipo de cláusulas.

En el caso de Telcel, permite los esquemas forzosos.

"La empresa y el cliente podrán pactar que dentro del mismo se establezcan plazos forzosos, durante los cuales el cliente no podrá darlo por terminado anticipadamente, salvo que pague la Pena Convencional", detalla el contrato de la empresa.

Dish sostiene que podrá modificar precios, anticipadamente registrados ante el regulador, así como cambios en la programación sin previo aviso.

"El contenido de la programación a que se refiere esta cláusula y el número de señales todo lo cual se contiene en los paquetes será fijo, pero excepcionalmente podrá variar, sin previo aviso", dice el contrato de Dish.

Nextel no permite que sus aparatos sean usados mediante otro operador.

El 15 de mayo pasado, el Tercer Tribunal Unitario en Materias Civil y Administrativa, a cargo del magistrado Manuel Suárez Fragoso, ordenó eliminar dos cláusulas del contrato de adhesión que firman los clientes de Cablevisión, por considerar que son abusivas e imponen penalizaciones excesivas a los consumidores.

El fallo se desprende de una acción colectiva que promovió la Profeco en 2011.

Declara ilegal que la empresa de televisión por cable penalice la terminación anticipada de un contrato y que responsabilice al cliente de reportar las fallas en el servicio ante la autoridad competente.

"Nada justifica que una parte sí pueda dar por terminado un servicio de manera unilateral sin responsabilidad alguna, mientras que a la otra se le impone como sanción el pago de dos meses del costo del servicio", agrega la sentencia.

Cablevisión ya promovió un amparo directo, pero podría ser atraído por la Suprema Corte de Justicia de la Nación para fijar precedentes en materia de contratos de adhesión.

Acota abusos

La NOM 184 busca que las empresas no incluyan en sus contratos cláusulas que perjudiquen al usuario, por ello establece que: 

1 Precise las tarifas y precios de los servicios originalmente contratados y de los principales servicios adicionales, así como sus características, especificaciones y alcances.

2 Se registre el contrato modelo ante Profeco, con un tamaño y letra uniforme no menor a 9 puntos.

3 Se presenten los documentos en donde se establezcan los términos y condiciones para la prestación del servicio de telecomunicaciones, aprobados por las autoridades competentes.

4 La empresa no puede modificar de manera unilateral los términos y condiciones de contratación, salvo en reducciones de precios o aumento en la cantidad de servicios que el consumidor recibiría por el mismo precio.

 
 
 
Registros pendientes
 
A pesar de que las empresas están obligadas a publicar sus contratos, no todas los han dado a conocer.

124 empresas han registrado sus contratos de adhesión ante Profeco.

700 contratos se espera sean registrados ante la autoridad.

2.5 millones de pesos es la multa máxima por incumplir con la publicación de contratos.

Carla Martínez y Víctor Fuentes, Reforma, 12 de junio.

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