Ratifica el TEPJF los criterios del IFE para eventual recuento de votos


El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ratificó los criterios para el recuento de votos, aprobados por el Instituto Federal Electoral (IFE), que incluyen la creación de grupos de trabajo cuando la cantidad de casillas a revisar sea amplia y se requiera personal de apoyo.
Los magistrados argumentaron que los auxiliares no desempeñarán las tareas centrales que corresponden al personal electoral.
El PRI y los partidos de la coalición Movimiento Progresista –PRD, PT y MC– impugnaron la resolución del IFE con el argumento de que el esquema para armar los grupos de trabajo para elvoto por voto no garantiza el principio de certeza, porque no contarían con un representante en cada punto de recuento.
Los magistrados argumentaron que la organización para este trabajo es legal y subrayaron que dar la razón a los partidos para que lleven a sus representantes, ante un recuento masivo, dificultaría el proceso por la reducción de espacios en los consejos.
De acuerdo con la norma vigente, a raíz de la reforma electoral 2007-2008, los recuentos de votos se realizarán exclusivamente en los distritos (el país está dividido en 300); será recuento total cuando en un distrito la diferencia entre primero y segundo lugar sea de uno por ciento o menos.
El voto por voto parcial, es decir, de determinadas casillas, se aplicará cuando los votos nulos sean superiores a la diferencia entre los dos contendientes punteros, por la existencia de actas con irregularidades o inconsistencias y en casos de casillaszapato, es decir, cuando todos los sufragios reportados sean en favor de una sola fuerza política.
Lo infundado radica en que el tópico de referencia en modo alguno constituye una aplicación inexacta de la normatividad que rige la celebración de los cómputos distritales, señala el proyecto aprobado esta tarde por la mayoría de los magistrados, salvo el voto de Flavio Galván, quien coincidió con los criterios de los partidos.
El TEPJF resolvió que el mecanismo aprobado por el IFE no significa la creación de un nuevo órgano, como alegaron los partidos, sino fortalecer los grupos de trabajo para auxiliar a las actividades del nuevo escrutinio y cómputo de votos.
En otro asunto, el TEPJF ordenó al IFE que los tres días anteriores al primero de julio (veda electoral) utilice sus tiempos en radio y televisión para emitir mensajes en los que informe sobre las diversas formas en que se puede emitir el voto, especialmente en el caso de las coaliciones.
En tanto, el tribunal declaró infundado un recurso del PRI que solicitó declarar acto anticipado de campaña la reunión de la candidata presidencial del PAN cuando tomó protesta del cargo.
Fabiola Martínez y Alonso Urrutia, La Jornada, 31 de mayo.

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