Entre dichas acciones que ya venía aplicando el INM, se encuentran disposiciones para otorgar legal estancia a extranjeros víctimas del delito de modo que puedan dar seguimiento a un proceso penal si así lo desean y procedimientos que obligan a la autoridad a brindar a los extranjeros información sobre sus derechos, atención y canalización a los albergues.
Por su parte, la reforma publicada por Segob establece que no se podrá negar o restringir a cualquier extranjero, sin importar su situación migratoria, la atención de quejas en materia de derechos humanos, la procuración de justicia y la atención médica por accidentes o enfermedades que pongan en peligro su vida; en este mismo sentido, la reforma al Artículo 113 plantea sanciones para los servidores públicos que violen los derechos humanos.
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