Avalan outsourcing y contrato temporal

La Comisión del Trabajo de la Cámara de Diputados ratificó ayer los temas polémicos de la reforma laboral, tras discutir en lo particular los artículos reservados.

En una sesión de 12 horas, la regulación del outsourcing, la modalidad de los contratos por temporada, el pago por hora y el límite de 12 meses en el pago de salarios vencidos quedaron en los mismos términos del dictamen.

También fueron avalados sin cambios los artículos sobre la modificación al escalafón ciego -basado en la antigüedad del trabajador-, privilegiando la capacitación, la posibilidad de despidos a través del correo certificado y la modificación de requisitos para el registro de sindicatos, entre otros.

La única modificación aceptada fue el añadido referente a que no se permitirá la discriminación por condición de migrante en la redacción del trabajo decente.

 
OPACIDAD SINDICAL
 
Debido a que el presidente de la Comisión del Trabajo, el priista Carlos Aceves del Olmo se indispuso por agotamiento, se abrió un tercer receso y quedó pendiente el tema relativo a la democracia en los estatutos sindicales.

Durante el debate fueron desechadas propuestas para la transparencia de contratos colectivos de trabajo, de reglamentos internos y estatutos que están en poder de las Juntas de Conciliación.

La comisión fue citada hoy a las 10:00 horas para terminar con la discusión en lo particular.

A la hora de la comida fue abierto un receso de más de tres horas, que sirvió para negociar un formato de debate pactado con posiciones en pro y en contra en cada reserva, por lo que se retiraron la mayoría de artículos impugnados para agilizar la discusión.

Sin embargo, al filo de las 22:00 horas, Aceves tuvo problemas de presión y fue imposible avanzar.

 
PRESIONES DE LA IP
 
El tema de la regulación del outsourcing quedó con la misma redacción del dictamen, pese a las presiones de la iniciativa privada para que sea revisado.

Fuentes legislativas confiaron que se busca modificar la redacción del artículo 15-A del dictamen, elaborado por el PRI.

El panista Marcelo de Jesús Santos planteó retomar la redacción de la iniciativa preferente del Presidente Felipe Calderón y eliminar los condicionantes que se añadieron en el dictamen.

Diputados priistas rechazaron discutir el asunto, por lo que quedó la redacción que disgusta al sector empresarial.

Desde la coordinación de la bancada priista se evitó que sus diputados defendieran el dictamen, pues es posible que en el pleno se busque otra redacción.

El artículo 15-A define que el trabajo en régimen de subcontratación es aquel por medio del cual un patrón, denominado contratista, ejecuta obras o presta servicios con trabajadores bajo su dependencia, a favor de otra persona física o moral que resulta beneficiaria de los servicios contratados, la cual fija las tareas y supervisa el desarrollo de los servicios o la ejecución de las obras contratadas.

Los candados para este esquema indican que el outsourcing no podrá realizarse en actividades sustantivas que constituyan el objeto principal de la empresa contratante; deberá justificarse por su carácter especializado que agregue un insumo adicional a los procesos de producción o de servicios; no podrá abarcar la totalidad de las actividades que se desarrollen en el centro de trabajo, y no podrá comprender tareas iguales o similares a las que realizan el resto de los trabajadores al servicio del beneficiario.

"De no cumplirse con estas condiciones, el beneficiario se considerará patrón para todos los efectos y consecuencias legales, incluyendo las obligaciones en materia de seguridad social", indica.

Tampoco hubo modificaciones en el dictamen en cuanto a las nuevas modalidades de contratación.

"Las relaciones de trabajo pueden ser para obra o tiempo determinado, por temporada o por tiempo indeterminado y en su caso podrá estar sujeto a prueba o a capacitación inicial. A falta de estipulaciones expresas, la relación será por tiempo indeterminado", se indica sobre la llamada flexibilización laboral.

En el dictamen se define que los contratos de prueba serán por 30 días y los de capacitación inicial por un máximo de tres meses.

En ambos casos, si el patrón decide no continuar con la relación laboral, no estará obligado al pago de indemnización.

Claudia Salazar y Érika Hernández, Reforma, 28 de septiembre.

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