Ordena Tribunal emplazar a FCH

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ordenó ayer al Instituto Federal Electoral (IFE) emplazar al Presidente Felipe Calderón para que dé su versión sobre la trasmisión de promocionales gubernamentales en periodo electoral, lo cual prohíbe la ley.

Los magistrados coincidieron en que el Ejecutivo federal sólo puede ser acusado de traición a la patria y delitos graves del orden común, señalados en el artículo 108 constitucional.

Sin embargo, afirmaron, como cualquier servidor público, por más alta que sea su jerarquía administrativa, al ser acusado de violar la legislación electoral debe ser requerido por las autoridades para responder a los señalamientos en su contra, sin que esto, aclararon, implique una responsabilidad administrativa.

El pasado 3 de junio, el Consejo General del IFE declaró infundado un procedimiento sancionador, interpuesto por el PRI, contra Calderón y la Dirección de Radio, Televisión y Cinematografía de la Secretaría de Gobernación por la trasmisión de spots en los que se promocionaban obras públicas del Gobierno federal, en estados donde hubo elección.

Además de que sólo sancionó a tres de las 22 concesionarias de televisión que reprodujeron los spots.

El TEPJF exigió al instituto reponer el procedimiento y emplazar a Calderón, a través de su representante legal, para que dé su versión sobre la transmisión de dichos promocionales.

La sentencia fue calificada como relevante por los magistrados, al dejar un precedente de denuncias contra el Presidente de la República.

"Considero que no resulta legalmente correcto ese actuar (del secretario ejecutivo del IFE, Edmundo Jacobo Molina, quien propuso declarar infundada la queja), porque en el caso no se trata de un problema relacionado con una acusación por la cual pueda resultar responsabilidad personal (de Calderón), no se trata de la imputación de un delito, sino de analizar su actuación en relación con promocionales que se dice infringen la normatividad electoral.

"Es claro que debió emplazar a todos los denunciados. En el caso del Presidente de la República, para que a través de su representante legal compareciera al procedimiento sancionador a fin de determinar si existe o no responsabilidad, si su actuar en relación con esos promocionales está apegado o no a la norma de carácter electoral", explicó Pedro Esteban Penagos.

El magistrado Flavio Galván consideró que como primer servidor público de la nación, el Presidente debe respetar lo establecido en el artículo 134 de la Constitución, que prohíbe a los funcionarios hacer promoción gubernamental durante los periodos electorales.

Manuel González Oropeza aclaró que para que el IFE pudiera determinar que no hay responsabilidad de Calderón, debió emplazarlo y conocer si la trasmisión de los promocionales fue por orden del Mandatario o de otro servidor público.

La magistrada presidenta, María Carmen del Alanís, indicó que el IFE tampoco contempló a las 22 concesionarias que trasmitieron los promocionales, por lo que hay suficientes elementos para reponer el procedimiento.

Erika Hernández, Reforma, 22 de julio.

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