Pasará sin problemas 80% de la reforma laboral de Calderón; en el tema sindical habrá atorón, prevé el líder Joel Ayala Almeida

Las 195 páginas en que está contenida la iniciativa de reforma laboral presentada por el presidente Felipe Calderón a la Cámara de , el pasado 1 de septiembre, reducen la carga del debate y la controversia en sólo algunos fundamentales, como el que tiene que ver con la vida de los sindicatos.

El planteamiento presidencial obligará, de aprobarse en sus términos, a elegir democráticamente las dirigencias sindicales, transparentar las cuentas gremiales y  informes a los trabajadores.

La iniciativa del presidente Calderón incluye como nuevas modalidades de contratación "los periodos de , los contratos de capacitación inicial, y el  de temporada, a fin de atender las circunstancias que privan en el de trabajo".

En sus partes nodales como la transparencia sindical, la huelga, los contratos y la operación de los llamados outsourcing o subcontratadoras, la iniciativa del Ejecutivo es prácticamente copia fiel a la que en su momento presentó el entonces secretario del Trabajo y hoy senador de la República por el , Javier Lozano, a través de la bancada albiceleste en la anterior legislatura.

La coincidencia principal entre ambas es que en ningún momento abren la posibilidad de una reforma constitucional al Artículo 123, sino que absolutamente todas las modificaciones se plantean a través de la Ley Federal del Trabajo, es decir, el ordenamiento  en la materia.

El restante 80 por ciento o más de la iniciativa —según legisladores cetemistas— "no tiene problema, pasa sin dificultades extremas, pero estos puntos deben ser objeto de un análisis mucho más detallado", señaló el experimentado senador Joel Ayala Almeida.

La actual, igual que su antecesora, propone que los estatutos de las organizaciones sindicales contengan, además de los tiempos para la presentación de sus cuentas, las sanciones específicas a los dirigentes en caso de incumplimiento de este precepto.

Otro punto controversial de la iniciativa, y que ha provocado llamados "a la rebelión" por parte de partidos de izquierda, así como  movilizaciones de sindicatos, tiene que ver con el derecho de huelga.

Ahí, la iniciativa presidencial plantea incorporar como causal de inexistencia de la huelga que el sindicato no cumpla con los requisitos que contemplen sus propios estatutos para formular el emplazamiento.

Además, prevé como causa para negar el trámite a los emplazamientos, el cumplimiento de un contrato colectivo de trabajo o un contrato ley, el hecho de no señalar con precisión las violaciones a dicho contrato y la forma de repararlas.

La iniciativa preferente del presidente Calderón deberá dictaminarse y llevarse al pleno a más tardar en los próximos 20 días, pese a lo cual la Cámara de Diputados, con apenas 10 días de instalada, tendrá integrada la comisión dictaminadora hasta pasado mañana miércoles, lo que le reducirá aún más el margen de acción.

De acuerdo con el texto de dicha iniciativa, las medidas planteadas en materia de transparencia de cuotas sindicales "permitirán que los trabajadores tengan mayor seguridad de que la aplicación de sus cuotas corresponda al objeto del sindicato al que se encuentran afiliados y no debe ser consideradas como un acto de injerencia a la autonomía sindical por parte del Estado.

"Ello en virtud de que la obligación de rendir cuentas se establece en forma exclusiva en relación a los agremiados del sindicato", señala el texto actual.

A decir de legisladores de las cámaras de Diputados y de Senadores íntimamente vinculados al sector obrero del país, como los cetemistas Carlos Aceves del Olmo y Patricio Flores, así como el senador Joel Ayala Almeida, todos del PRI, la iniciativa introduce elementos "injerencistas" en la vida interna de los sindicatos, pese a lo cual se comprometieron a "analizarla con toda puntualidad y sin tabús".

Por ejemplo, en materia de huelgas, la iniciativa presidencial establece que "cuando un conflicto de huelga se prolongue por más de 60 días, tratándose de patrones que tengan a su cargo la prestación de servicios públicos, o más de 120 días en cualquier otro caso, sin que los trabajadores lo hayan sometido a la decisión de la Junta (de Conciliación), el patrón podrá solicitar por escrito que se inicie el arbitraje en cualquier momento".

Indica el texto que lo anterior "tiene como propósito evitar las implicaciones negativas que se desprenden de una duración prolongada de los conflictos laborales, por los efectos que se producen tanto a las partes involucradas como a la sociedad en su conjunto".

Un punto por demás polémico lo constituye el que la iniciativa presidencial prevé como causa para negar el trámite a un emplazamiento a huelga para la celebración de contrato colectivo de trabajo, "el hecho de que previamente exista otro en trámite cuyo objeto sea el mismo.

"Lo anterior, a efecto de propiciar seguridad jurídica al procedimiento y evitar múltiples emplazamientos en contra del mismo patrón por organizaciones sindicales diversas".

Propone el Ejecutivo, también, eliminar las Juntas Federales y Locales de Conciliación, "ya que en la actualidad prácticamente no existen en virtud de que en casi todas las localidades funcionan Juntas de Conciliación y Arbitraje".

Por lo que hace a la regulación del outsourcing, el texto señala que éstos "no serán considerados intermediarios, sino patrones". Los patrones y los intermediarios serán responsables solidarios en las obligaciones contraídas con los trabajadores.

Señala la necesidad de regular la subcontratación de personal outsourcing, "para evitar la evasión y elusión del cumplimiento de obligaciones a cargo del patrón", señala.

Luciano Franco, La Crónica, 10 de septiembre.

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