Avalan gravamen a refrescos y papas

La reforma hacendaria incluye un impuesto generalizado a la comida "chatarra".

Dicho gravamen no sólo abarcará a las botanas, sino también a los postres, dulces y cereales.

Pese a las protestas que suscitó entre los fabricantes, los diputados determinaron gravar con un peso a los refrescos -como lo establecía la propuesta del Ejecutivo federal-, y para postres como helados y chocolates, se impondrá una tasa conforme a su densidad calórica.

"La cuota aplicable (para refrescos y bebidas saborizadas) será de 1.00 por litro. Tratándose de concentrados, polvos, jarabes, esencias o extractos de sabores.

"El impuesto se calculará tomando en cuenta el número de litros de bebidas saborizadas que, de conformidad con las especificaciones del fabricante, se puedan obtener", indica el dictamen que aprobó la Comisión de Hacienda y Crédito Público.

Los alimentos con una densidad calórica de 275 kilocalorías o mayor por cada 100 gramos serán gravados con una tasa de cinco por ciento. La lista abarca botanas, productos de confitería, chocolate y derivados del cacao, flanes y budines, dulces de frutas y hortalizas, cremas de cacahuate y avellanas, dulces de leche, alimentos preparados a base de cereales, helados, nieves y paletas de hielo.

"Cuando los alimentos mencionados cumplan con las disposiciones relativas a las especificaciones generales de etiquetado para alimentos, los contribuyentes podrán tomar en consideración las kilocalorías manifestadas en la etiqueta.

"Tratándose de alimentos que no tengan la etiqueta mencionada, se presumirá, salvo prueba en contrario, que tienen una densidad calórica igual o superior a 275 kilocalorías por cada 100 gramos", reza el dictamen sobre las reformas a la Ley del Impuesto Especial a la Producción y Servicios (IEPS).

El último borrador de la miscelánea fiscal que avalaron anoche los diputados, mantenía también la homologación de 11 al 16 por ciento del IVA en la frontera, pero retiraba los elementos más polémicos de la iniciativa gubernamental: el IVA a colegiaturas, hipotecas y arrendamientos.

La reforma hacendaria también prevé aplicar la progresividad en el cobro del Impuesto Sobre la Renta (ISR) a las personas físicas.

Como parte de las negociaciones con el PRD, el Gobierno y la fracción del PRI aceptaron una tasa de ISR de 31 por ciento para quienes tengan ingresos superiores a 500 mil pesos anuales y hasta 750 mil.

Se aplicará 32 por ciento a los que superen ese monto, hasta el millón de pesos. Aquellos que tengan percepciones superiores al millón de pesos y hasta los 3 millones tendrán que pagar una tasa de 34 por ciento.

Y para aquellos que tengan los ingresos más altos del País, que superen los 3 millones, la tasa impositiva será de 35 por ciento.

El presidente de la Comisión de Hacienda, el panista José Isabel Trejo, reiteró anoche que se retiraba del dictamen la propuesta de gravar colegiaturas, la enajenación de vivienda, los intereses y comisiones derivados de créditos hipotecarios y el arrendamiento.

Las bancadas del PAN y del PRD protestaron por la premura con que, consideraron, se pretendía desahogar la revisión del dictamen, compuesto por un millar de fojas.

Contra obesidad

Alimentos con 275 kilocalorías o más por cada 100 gramos, con impuesto de 5 por ciento:

· Botanas.

· Productos de confitería.

· Chocolate y demás productos derivados del cacao.

· Flanes y pudines.

· Dulces de frutas y hortalizas.

· Cremas de cacahuate y avellanas.

· Dulces de leche.

· Alimentos a base de cereales.

· Helados, nieves y paletas de hielo.

Claudia Salazar y Mayolo López, Reforma 17 de octubre.

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