Teme la IP 'terror' fiscal

De aprobarse los cambios al Código Fiscal Federal (CFF) propuestos en la reforma hacendaria, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) tendría facultades de terrorismo fiscal tan extralimitadas que por una simple presunción de irregularidades fiscales disolvería empresas y encarcelaría a sus dueños.

Marco Antonio Pérez Valtier, socio del despacho Pérez Góngora y Asociados, alertó que estas reformas al CFF traerían un grave daño a la competitividad y a la atracción de capitales, pues espantaría a inversionistas cuando se enteren de que en caso de una contingencia fiscal "se jugarían hasta la camisa".

"Hay distractores a este hecho porque se atiende a la intención de aplicar IVA a colegiaturas, a la compra-venta de casa habitación o las importaciones temporales, pero también es muy grave fincar delitos para las personas morales que hasta ahora no tenían sanciones por infracciones", consideró en entrevista.

Los cambios al CFF contemplan dar facultades al SAT para imponer sanciones a las personas morales que pueden llegar a la disolución de una empresa y cárcel para sus dueños cuando el fisco suponga irregularidades en alguna contingencia fiscal.

"Los cambios al CFF esconden la letra chiquita de la reforma hacendaria", dijo.

El especialista señaló que la reforma prevé para el SAT la facultad de imponer sanciones extensivas a los socios de las empresas para que respondan con sus bienes personales en la parte proporcional del capital que tengan del negocio.

"Hay nuevas facultades para el fisco, que son unilaterales, para cuestionar nuestras operaciones y si a criterio de ellos una operación no tienen razón de negocio, van a calificarla en forma arbitraria con penalizaciones.

"El SAT va a poder actuar como si tuviera una bolita mágica que le pudiera decir cuándo una operación tiene razón de negocio y cuándo no, son facultades discrecionales con las que van a sancionar", indicó.

Otra de las medidas que contempla la reforma en el CFF, abundó, es la implementación del llamado "buzón fiscal".

Con éste obligan a los contribuyentes a estar al pendiente de su correo electrónico, vía por la cual el SAT podría fincar un crédito fiscal al causante a través de internet.

Explicó que con el "buzón fiscal", el SAT otorgaría sólo tres días de plazo al contribuyente para inconformarse con algún aviso que la autoridad le emita a su correo electrónico.

Abel Hibert, presidente del Colegio de Economistas de Nuevo León, dijo que esta reforma contradice la intención de otras que apuntan a atraer inversiones.

"Quieren atraer inversiones, pero lo que va a suceder es que las van a espantar", advirtió Hibert.

"No es posible que si vamos a competir por inversiones les digamos a los inversionistas que van a responder hasta con la camisa en caso de una contingencia fiscal", coincidió con él Pérez Valtier.

Letra chiquita
 
Según especialistas, los cambios propuestos al Código Fiscal Federal prevén dar al fisco más poder que ninguna otra autoridad en el mundo.

 
CIERRES Y CÁRCEL
 
·Art.5 Si sospecha de irregularidades, el SAT podrá desconocer la actividad de una empresa, suspenderle operaciones, remover a administradores y ejercer acción penal contra ellos.

 
 
BUZÓN TRIBUTARIO
 
·Art. 17-K Obliga al contribuyente a revisar a diario o a más tardar en 3 días un nuevo "buzón tributario". De lo contrario, las notificaciones surtirán efecto al cuarto día.

·Art 40 Fracc. I Uso de la fuerza pública como primera medida de apremio en conducta indebida del contribuyente.

·Art. 40-A Podrá embargar bienes a empresarios para garantizar créditos fiscales provisionales y la defensa procede sólo en los definitivos.

·Art. 58-A Podrá, con un valuador, cambiar el precio de adquisición de un bien de una empresa y modificar con base en ellos montos de créditos fiscales.

·Arts. 65 y 144 Reduce de 45 a 15 días el plazo para que el SAT exija un crédito fiscal sin pagar y embargue bienes.

·Art. 69-A Acción penal por tráfico de comprobantes fiscales aun si es un empresario con varios negocios que se prestan servicios entre ellos.

Alfredo González, Reforma, 10 de octubre.

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