IFE da revés al PRI; no castigará a panistas

En una resolución que sienta precedente, el Consejo General del IFE declaró infundada una queja presentada por el PRI y consideró que el PAN no viola la ley a través de la campaña “Acción es”, en la que utiliza el programa federal Seguro Popular para promocionarse.

En un debate de más de casi cuatro horas para determinar, a través de un procedimiento especial sancionador —por primera vez en el proceso electoral 2009—, la legalidad de cuatro espectaculares colocados por el PAN en Morelia, Michoacán, en los que se da cuenta de acciones en materia de seguridad y política social. Los consejeros determinaron que no hay actos anticipados de campaña; sin embargo, el uso del programa Seguro Popular provocó una larga discusión.

En voto particular, el consejero Marco Antonio Gómez Alcántar propuso declarar parcialmente fundada la queja, imponer al PAN amonestación pública y ordenar el retiro de los espectaculares con la frase “Acción es: apoyar la economía de millones de mexicanos con el Seguro Popular”, al considerar que se trata de propaganda electoral y no política. Sin embargo, el proyecto fue desechado por cinco votos, incluido el del consejero presidente, Leonardo Valdés Zurita.

Apoyado por Virgilio Andrade, Francisco Guerrero y Marco Antonio Baños, el consejero Gómez Alcántar dijo que el PAN no realiza actos anticipados de campaña con los espectaculares, pero sí viola la Ley General de Desarrollo Social, el Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales (Cofipe) y la Constitución al utilizar el Seguro Popular en uno de ellos.

El representante del PAN ante el IFE, Roberto Gil, afirmó que la propaganda de su partido es lícita pues no es difundida por aspirantes, candidatos o precandidatos, no promueve el voto ni hace mención o alusiones de carácter electoral.

El PRI adelantó que impugnará la resolución y enfatizó que el presidente Felipe Calderón utiliza como brazo electoral al PAN para difundir la propaganda y éste “se cuelga” de los programas de gobierno, violando el artículo 28 de la Ley General de Desarrollo Social.

Susana Hernández, Milenio, 28 de enero.


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