"Tengo la confianza que el Poder Judicial no va suspender ninguno de los procesos, por la integración de los criterios señalados por la Suprema Corte de Justicia, en la acción de inconstitucionalidad 26/2006, con base en los artículos 134, 25, 26, 27 y 28, de la Constitución, para garantizar las mejores condiciones de uso y explotación de las frecuencias,", declaró el comisionado de la Cofetel.
Básicamente, agregó, los criterios describen que las licitaciones son procedimientos de orden público e interés social, por lo tanto la suspensión no procedente.
"Además, no se trata de acciones donde haya una imposible reparación, si nosotros culminamos los procesos y tuviéramos que reintegrar el espectro se podría volver hacer", puntualizó.
El pasado miércoles, el represente legal de Grupo Salinas, Salvador Rocha, informó que van a solicitar un juicio de amparo contra las bases de la licitación, por considerar que son inconstitucionales al privilegiar la entrada de otros proveedores y no resolver primero el tema de la renovación de algunos títulos de concesión de los operadores actuales.
Martínez Pous destacó que las bases no benefician a ningún grupo de ningún tipo, porque cualquier agente económico que sea un nuevo jugador podrá aspirar a una mayor cantidad de espectro.
Agregó que en el caso de Iusacell, el grupo que tiene la mayor concentración de espectro en el País, cuenta frecuencias en las bandas de 800 y 1900 MHz y todavía tienen derecho de adquisición de espectro en las bandas de 1900 y 1700 MHz, para alcanzar el tope estableció de 80 MHz por la Comisión Federal de Competencia (CFC).
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