La SCJN debe definir si el IETU es nuevo tipo de impuesto

La discusión del pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) sobre “el objeto del impuesto previsto en la Ley del Impuesto Empresarial a Tasa Única (IETU), “perfiló la conformación de una mayoría a favor de la constitucionalidad del tributo y en contra de la concesión del amparo en lo general”.

El ministro presidente Guillermo Ortiz Mayagoitia explicó que si la mayoría considera que el IETU “es un impuesto diferente, con características diferentes”, entonces el tema de las deducciones deberá tratarse de manera diferente a como se hace con otros impuestos. De lo contrario los quejosos tendrían razón en temas como deducciones, utilidades, ganancias o regalías.

Ayer los ministros coincidieron en que si determinan que el IETU es un nuevo tipo de impuesto, entonces la forma como grava las ganancias, utilidades o regalías es constitucional; pero si definen que grava el mismo concepto que otro tributo entonces procede conceder el amparo.
Jesús Aranda, La Jornada, 29 de enero.

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