Dejan sin efecto legal resolutivos del congreso del PRD, incluidos método de elección y alianzas

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) dejó sin efecto los resolutivos del XIII Congreso Nacional extraordinario del PRD celebrado el pasado sábado, respecto a la política de alianzas amplias y el método de selección del candidato presidencial a través de encuestas abiertas a toda la ciudadanía.

El Tribunal revocó la resolución de la Comisión Nacional de Garantías del PRD que declaró improcedente la queja del senador Carlos Sotelo, quien impugnó la convocatoria para la elección de integrantes de los órganos de dirección a nivel nacional y estatal, entre ellos el Congreso Nacional.

En la sesión de este viernes, el pleno de la Sala Superior revocó por mayoría esa resolución, por lo que ahora el PRD deberá llevar a cabo la elección de integrantes de los consejos y congresos nacionale y estatales, así como de las directivas municipales, antes del 15 de noviembre de este año.

Votaron a favor del proyecto de sentencia del magistrado Alejandro Luna Ramos, Flavio Galván Rivera, Manuel González Oropeza, Salvador Olimpo Nava Gomar y Constancio Carrasco Daza, y la única que se pronunció en contra de la resolución fue la magistrada María del Carmen Alanís.

Luego de casi dos horas de discusión, el pleno del TEPJF resolvió revocar la resolución de la citada comisión partidista y por ende se dejó sin efecto el resolutivo del IV Pleno Extraordinario sobre la convocatoria de la Ruta Crítica 2011 para la elección de los integrantes de los órganos de dirección.

Asimismo que queden vinculados todos los órganos partidistas que en virtud de las atribuciones que tienen o puedan tener intervengan en el procedimiento de selección, a dar cabal cumplimiento a esta resolución.

También ordenó al Consejo Nacional del Partido de la Revolución Democrática (PRD), por conducto de la Mesa Directiva, que informe a la Sala Superior del TEPJF de cada uno de los acuerdos que tomen los órganos partidistas para cumplir la sentencia.

Además dejó sin efecto los acuerdos o actos realizados por los órganos del partido que se opongan al sentido y determinaciones asumidas en la sentencia, y que tengan relación con la elección y renovación con los órganos de dirección y representación.

La Crónica, 27 de agosto.

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