"En la Unidad de Transparencia no obra petición alguna de ver nuestros expedientes, desde ahí (el estudio) adolece de todas nuestras actuaciones, como son actas circunstanciadas, visitas, llamadas telefónicas, fotografías, peritajes; es una información incompleta", externó en entrevista.
El reporte del Programa Atalaya, dado a conocer el 13 de marzo, asegura que los usuarios de servicios públicos que recurren a la CNDH para presentar una queja, reciben en general una atención inadecuada.
Estos señalamientos no son los únicos a los que ha tenido que responder la CNDH en una semana. El 12 de mazo respondió también a la organización Human Rights Watch, que un mes antes aseguró que a pesar de contar con cuantiosos recursos, el organismo mexicano no ejerce plenamente su mandato y el impacto de su trabajo se ve limitado por la falta de una actitud más proactiva.
Pedroza cuestionó que el Programa Atalaya sólo haya revisado 100 de los 2004 expedientes de queja existentes en 2005 y 2006 contra la Comisión Federal de Electricidad (CFE), Luz y Fuerza del Centro (LyFC), la Comisión Nacional del Agua (CNA) y la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco).
Criticó que la información se haya analizado únicamente a partir de los documentos proporcionados por las instituciones señaladas por los quejosos, cuando la información en la CNDH estaba disponible.
"A través de la Unidad de Enlace para la Transparencia y Acceso a la Información de la CNDH, siempre se proporcionan los expedientes", aseguró.
El informe, advirtió, cuenta con varias omisiones, tales como afirmar que hay inactividad de los informes de la CNDH y convalidar lo que dice la autoridad, cuando no se estudió información del organismo nacional.
"Cuando le pidieron el expediente a la CFE es lógico que sólo les va a dar lo que tengan ellos, pero no les va a dar las actuaciones de la CNDH porque éstas están aquí", señaló.
Giran queja a INM
La Comisión Nacional de Derechos Humanos resolvió ayer que la Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados invadió las facultades del Instituto Nacional de Migración al resolver y notificar verbalmente, sin facultad para hacerlo, las solicitudes de calidad de refugiados de dos sudamericanos.
En su recomendación 06/2008 por la expulsión de un colombiano y un ecuatoriano en 2006 y 2007, el organismo instó a la comisionada del INM, Cecilia Romero Castillo, a establecer los procedimientos que deben seguir los servidores públicos del instituto, desde el momento de recepción de una orden de refugio, hasta la notificación de la respectiva resolución. A Lorenzo Rubio Forero, colombiano, y a George Andrés Cherrez, ecuatoriano, les fue negado el refugio de manera verbal por la coordinación general de la Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados, organismo desconcentrado de la Secretaría de Gobernación cuyas atribuciones no le dan la facultad de resolver y mucho menos de comunicar verbalmente la recomendación respecto al caso.
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