Acumula el IFE fallos en contra

El Tribunal Electoral sigue enmendándole la plana al Consejo General del IFE.

Mientras en el primer año del nuevo Consejo General del IFE el Tribunal le rechazó 60 de sus acuerdos, sólo en los últimos tres meses le ha revocado 33 resoluciones.

Los magistrados han considerado los dictámenes como violatorios del marco electoral, aseguran que los consejeros no investigan a fondo, que evalúan incorrectamente el problema, que calculan las multas con razones sociales distintas a la empresa que cometió la infracción, que no se apegan a la legislación para desarrollar correctamente el procedimiento especial sancionador o, simplemente, que omiten tomar en consideración todas las pruebas.

"La resolución dictada por el Consejo General del Instituto Federal Electoral, resulta contraria a derecho, pues la autoridad responsable debió indagar los hechos denunciados y realizar las investigaciones atinentes a fin de determinar la responsabilidad en que pudieron incurrir las citadas televisoras", indica una de esas sentencias, en la que televisoras de Quintana Roo califican como injusto que se les sancione por un promocional que pagó el PAN.

Incluso, la Sala Superior ha echado abajo sanciones tan pequeñas como la aplicada a la empresa Publicidad Popular Potosina, por 119 mil 250 pesos, porque el procedimiento sancionador no se apegó a la legislación, en cuanto a las audiencias y alegatos de los afectados. Al reponer el trámite, se aplicó la multa.



Más taches

Para la Secretaría Ejecutiva del IFE, encabezada por Edmundo Jacobo Molina, las revocaciones por "errores" en la integración de expedientes se triplicó en los últimos tres meses.

Después del Consejo, el área jurídica es la que más taches tiene. Del 1 febrero de 2008 al mismo día de 2009, los magistrados le habían regresado 21 resoluciones, sin embargo, entre el 5 febrero y el 13 mayo de este año, juntó 17 revocaciones más, es decir, pasó de una por mes a cinco por mes.

El Tribunal continúa haciendo las mismas críticas al secretario: se extralimita en sus funciones, pues toma decisiones que por ley sólo competen al Consejo General; prejuzga indebidamente; no analiza o investiga a fondo; no argumenta sus dictámenes; o interpreta de manera equivocada la legislación, violando los derechos de terceros.

En sus discusiones, los magistrados coinciden en que a partir de 2008, con la reforma electoral, el Secretario Ejecutivo tiene muchas atribuciones, sin embargo, consideran que debe poner atención en aquello que sólo entra en el ámbito colegiado del Consejo General, así como del desarrollo puntual que deben tener los procesos especiales sancionadores.
Érika Hernández, Reforma, 14 de mayo.

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