Nuevo fallo contra el Ejecutivo

El presidente Felipe Calderón perdió, de manera definitiva, el juicio que inició en su contra la Cámara de Diputados por el control de la asignación de las frecuencias de radiodifusión, que incluyen a la radio y la televisión.

A la sentencia inicial de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), en que determinó que al secretario de Comunicaciones y Transportes no le compete otorgar concesiones y permisos en materia de radiodifusión, se sumó ayer la decisión de que tampoco le corresponde aprobar el Cuadro Nacional de Atribución de Frecuencias.

Dicho Cuadro explica cómo se utiliza el espectro radioeléctrico en México, para brindar los servicios de radiocomunicaciones, basado en estándares nacionales e internacionales.

Al continuar con la revisión de este caso, los ministros también declararon inconstitucional que el titular del Ejecutivo Federal le haya dado facultades a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) para "aprobar los programas sobre bandas de frecuencias del espectro radioeléctrico, para usos determinados y de concesionamiento de frecuencias de radiodifusión".

Con esto, la SCJN terminó por excluir a la secretaría del manejo de las cuestiones relacionadas con la radio y la televisión en el país, que le competen exclusivamente a la Comisión Federal de Telecomunicaciones (Cofetel).

La Corte se pronunció sobre estos temas al resolver un juicio de controversia constitucional que promovió la Cámara de Diputados en febrero, en contra del titular del Ejecutivo, por considerar que le otorgó al secretario de Comunicaciones y Transportes, de manera indebida.

La revisión del caso estuvo a cargo del ministro Genaro Góngora Pimentel, quien coincidió con los puntos de vista de los legisladores y contó con el voto de la mayoría de sus compañeros del Pleno de la Corte para declarar inconstitucional la parte esencial del reglamento que emitió el presidente Calderón el 8 de enero de 2009, y que tenía que ver con la radiodifusión.

Sin efectos retroactivos

Con ocho votos contra dos, el Pleno del alto tribunal determinó que el Presidente de la República, se excedió en sus atribuciones al dotar con esas facultades, mediante un reglamento, al secretario de Comunicaciones y Transportes, las que por ley son competencia de la Cofetel.

Los ministros explicaron que todo lo relacionado con la radiodifusión, le corresponde decidirlo a la Cofetel, tal y como habían argumentado los legisladores.

Por tratarse de un juicio de controversia constitucional, la decisión emitita por el alto tribunal no tendrá efectos retroactivos, por lo que las decisiones adoptadas en el pasado por el secretario, con base en el reglamento emitido por el presidente, no se verán afectadas.
Carlos Avilés, El Universal, 25 de noviembre.

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