Cinco partidos incumplieron con la equidad de género: IFE

Los partidos PRD, PT, PVEM, Convergencia y PRI incurrieron en irregularidades con la equidad de género en sus listas de candidatos a diputados, por lo que tienen que hacer las rectificaciones correspondientes, de acuerdo con un resolutivo aprobado por el Consejo General del IFE.

En la coalición parcial Primero México, El PRI y el Verde Ecologista no respetaron dicha norma en la designación de siete candidaturas a diputados de mayoría relativa, ya que seis de ellas fueron para hombres.

En los casos del PRD, PT, PVEM y Convergencia, éstos tendrán que cumplir con el artículo 220 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales (Cofipe), en el sentido de que las listas de representación proporcional se integran por segmentos de cinco candidaturas, y en cada segmento “habrá dos candidaturas de género distinto, de manera alternada”.

El PRD, por ejemplo, tiene registrada en la segunda circunscripción a Edith Anaya, pero enseguida enlistó a dos hombres, Domingo Rodríguez y Baldomero Ramírez, sin alternar el género, entre otros casos señalados para este partido en las cinco diferentes regiones.

El PVEM tiene problemas en las cinco listas y entre los primeros diez lugares de cada una, es decir, con los candidatos con las más altas probabilidades de convertirse en diputados federales.

El PT tiene dificultades sólo en la cuarta lista y en las posiciones últimas, mientras que Convergencia las tiene solamente en la cuarta circunscripción.

Con base en el artículo 221 del Cofipe, a esos partidos se les requiere en primera instancia para que en 48 horas, desde que son notificados, rectifiquen la solicitud de registro de candidaturas; de no hacerlo, se les hará una amonestación pública.

Igual requerimiento tienen los coaligados PRI y PVEM, cuyas dificultades son mayores, porque no se trata de un posible reacomodo en una lista, sino de candidatos designados de mayoría relativa respecto de los distritos 6 de Chiapas; 4 de Guerrero; 7 del Estado de México; 11 de Puebla; 1 de Yucatán, y 3 de Zacatecas.

Claves

48 horas de plazo


• El artículo 221 del Cofipe prevé un plazo de 48 horas, a partir de la notificación, para que un partido rectifique su solicitud de registro de candidatos, y se le apercibe una amonestación.

• De acuerdo con el Cofipe, en caso de que se incumpla con la notificación y se reincida en la falta “se sancionará con la negativa del registro de las candidaturas correspondientes”.
Mauricio Pérez, Milenio, 5 de mayo.

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