El servicio por medio de HiTV es legal; el televidente no paga por la señal: Tv Azteca

Televisión Azteca argumentó que el servicio de televisión que presta a través de Hi TV es legal, pues no se trata de televisión restringida, no hay relación contractual con los televidentes, éstos no pagan por recibir la señal y tampoco existe la figura de suscriptor, por lo que no contraviene las disposiciones legales vigentes.

Asimismo señaló que no ha incurrido en ninguna violación a su título de concesión, y que HiTV forma parte de del proceso de migración al estándar tecnológico de Televisión Digital Terrestre (TDT), que entre otros objetivos tiene “generar condiciones para que los receptores y decodificadores de televisión digital sean cada vez más accesibles para el consumidor mexicano, con el objetivo de que la sociedad se beneficie de las ventajas de las tecnologías”.

En su exposición legal sobre la colocación de HiTV entre los televidentes mexicanos Tv Azteca señaló que no se le puede responsabilizar de ir en contra de lo que su título de concesión le permite debido a que no se trata de un servicio de televisión restringido.

Según el artículo 2 del Reglamento del Servicio de Televisión y Audio restringido se considera “este servicio por el que mediante contrato y el pago periódico de una cantidad prestablecida un concesionario o permisionario distribuye en forma continua programación de audio y video asociado”, dice.

Abundó al señalar que el artículo 20 del mismo ordenamiento estipula que para prestar el servicio de televisión o audio restringido se debe fijar el pago de una cantidad prestablecida y revisable, y en ningún caso se brindarán esos servicios de forma gratuita.

En su exposición sobre la legalidad del sus operaciones, Tv Azteca señaló que no contraviene su título de concesión, debido a que a través de canal 7 y canal 13 que conforman la Red Azteca retransmite sus señales en un ancho de banda de 6 Megahertz (Mhz) según lo estipula la Ley federal de Radio y televisión para la prestación del servicio de radiodifusión.

Y según el acuerdo para el estudio, evaluación y desarrollo de tecnologías digitales en materia de radiodifusión del 30 de julio de 1999, así como con el acuerdo por el que se adopta el estándar tecnológico de TDT, TV Azteca “transmite simultáneamente en el canal digital la programación del canal analógico; utiliza el estándar A/53 de ATSC adoptado por el gobierno mexicano”.

Además “cumple con las características técnicas en instalación y operación de los canales adicionales y usa el mismo equipo de transmisión aprobado por la autoridad. Es un servicio de televisión abierta que es el autorizado a Tv Azteca, y el título de concesión no prohíbe la transmisión de señales adicionales”.

En tanto la Cofetel informó que “resolvió iniciar procedimientos administrativos para la posible imposición de sanciones a TV Azteca y Televisora del Valle de México (Canal 40) por presuntas violaciones a la Ley Federal de Radio y Televisión por prestar sin autorización servicios distintos a los autorizados en su título de concesión y en el acuerdo para la Transición a la Televisión Digital Terrestre”.
Miriam Posada García, La Jornada, 19 de mayo.

1 comentarios:

ECA responded on 9 de agosto de 2009, 13:38 #

Entonces si fabrico mi propio decodificador sigue siendo legal??? LOL