El Trife, por elevar sanción al PAN por calumniar y adelantar campaña


El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ordenó al IFE modificar la sanción de 465 mil pesos que impuso al PAN por difundir la propaganda en que empleó la palabra “PRImitivo”, al considerar que también incurrió en un acto anticipado de campaña, con lo cual la sanción puede aumentar.

El pasado 20 de abril el Consejo General del IFE resolvió sancionar al Partido Acción Nacional (PAN) con 465 mil 800 pesos al considerar que con la difusión de tal publicidad, en las revistas Letras Libres y Nexos, ese partido incurrió en calumnia y difamación contra el PRI al vincularlo a palabras como “trampa”, “corrupción” y “triquiñuela”.

Pero rechazó que ese partido haya incurrido en actos anticipados de campaña, lo que fue impugnado por el PRI, que exigió que se sancionara al blanquiazul por ese motivo

Paralelamente a ello, el PAN impugnó la sanción del IFE, al considerar que con ella se viola y limita su derecho a la libertad de expresión.

El magistrado Constancio Carrasco señaló que con tal publicidad, en la que se asocia no sólo al partido sino a sus militantes con palabras como corrupción, cacique y autoritario, entre otras, sí se denigró y denostó al tricolor.

Con ello, dijo, se afectó su reconocimiento y fama pública entre la ciudadanía, con lo cual se buscó “desalentar el voto a su favor –del PRI– y conseguir adeptos para el emisor del mensaje –PAN–”.

Por ello, agregó, el mensaje de tal propaganda influyó en el electorado, haciéndole ver los aspectos negativos o supuestos vicios del PRI y además ésta fue emitida en un plazo no permitido por la ley, por lo que es “evidente que se trata por sí mismo de un acto anticipado de campaña”.

Al razonar el sentido de su voto a favor del proyecto, el magistrado Manuel González Oropeza resaltó que la libertad de expresión de los partidos políticos no es un derecho ilimitado, pues ciertas afirmaciones podrían ocasionar un daño a la sociedad.

En su oportunidad, el magistrado José Alejandro Luna Ramos señaló que, a pesar de la posibilidad de criticar en tiempos electorales a los contendientes, los partidos deben abstenerse de proferir diatriba, calumnia, injuria, difamación de ciudadanos, instituciones, partidos o candidatos en la propaganda empleada durante las campañas, pues en el sistema mexicano se establece la libertad de expresión sin dañar derechos de terceros.

Alejandro Páez, Crónica, 28 de mayo.

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