Cargan mano a telecom


La iniciativa de leyes secundarias en telecomunicación presentada por el Ejecutivo no es equilibrada, pues pone especial énfasis en telecomunicaciones.

Para especialistas en el sector y directivos de empresas, se descuidan aspectos importantes de radiodifusión.

"Sentimos que hay una carga más significativa y fuerte para telecomunicaciones que para radiodifusión", consideró Ermilo Vázquez, director de regulación e interconexión de Axtel.

Especialistas indicaron que entre las omisiones o elementos en materia de radiodifusión a los que les faltan detalle o poder dentro del proyecto están los medios públicos que prestan estos servicios, la producción nacional independiente y la protección a la audiencia, entre otros.

Gabriel Sosa Plata, experto en radiodifusión explicó que, aunque dentro de la reforma constitucional se estableció que los medios públicos que den servicios de televisión deberán contar con reglas claras de transparencia y rendición de cuentas, así como garantías de participación ciudadana y opciones de financiamiento, nada de esto quedó establecido en la iniciativa.

Por otro lado, Sergio Legorreta, socio de Baker & McKenzie, comentó que la propuesta omite derogar el Reglamento de Televisión y Audio Restringidos, que es contrario en varios aspectos a lo establecido por la iniciativa.

Respecto a la producción nacional independiente, a pesar de que la Sección III enumera una serie de medidas para fomentar el uso de este tipo de contenidos, la iniciativa persiste en la redacción hecha durante la reforma.

"La redacción es mañosa desde la reforma constitucional, porque lo pone como opción. Promover no es lo mismo que asegurar", comentó Sosa Plata.

Además, de acuerdo con Aleida Calleja, experta de la Universidad Iberoamericana, la propuesta por un lado incentiva la utilización de contenidos de producción independiente, pero por el otro castiga a la audiencia, pues da permiso a los concesionarios de transmitir más publicidad si transmite esta clase de programación.

"Los concesionarios que presten el servicio de radiodifusión para uso comercial que cubran con producción nacional independiente cuando menos un veinte por ciento de su programación, podrán incrementar el porcentaje del tiempo de publicidad al que se refiere esta ley (18 por ciento del tiempo total de transmisión)", señala la iniciativa en el artículo 249.

Rogelio Bustamante, experto del Tecnológico de Monterrey, consideró que cuando el Instituto Federal de Telecomunicaciones emitió las resoluciones de preponderancia, las medidas impuestas a radiodifusión parecían más pesadas que las de telecomunicación, pero que en el caso de la iniciativa ocurrió al revés.

Criterios distintos

Las sanciones que puede imponer el regulador son distintas en telecomunicaciones y radiodifusión.

15 de las 24

acciones sancionables por el IFT son aplicables para radiodifusión.

21 de las 24

acciones sancionables por el regulador aplican para telecomunicaciones.

20

son las causales para la revocación de los títulos de concesión.

Vania Guerrero, Reforma, 27 de marzo.

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