América Móvil dio a conocer la oferta pública de interconexión a la que le obliga la declaratoria de preponderancia del Instituto Federal de Telecomunicaciones (Ifetel), con la advertencia de que no está de acuerdo, no ha consentido las tarifas de interconexión fijadas por el órgano regulador y de que el primero de abril pasado interpuso un recurso de amparo contra la medida que no está sujeta a suspensión.
En el portal de Telcel la empresa señala que todo concesionario que quiera sus servicios de interconexión puede conocer las condiciones del convenio marco de interconexión en la dirección electrónica, y concertar una cita para formalizarlo. El convenio fue elaborado por el Ifetel.
Las tarifas que Telcel ofrece a sus competidores desde el 6 de abril al 31 de diciembre de 2014 bajo protesta
, son de 0.2045 (dos mil cuarenta y cinco diezmilésimas de peso) por minuto de interconexión para las modalidades el que llama paga
o el que llama paga nacional
, y de 0.0391 (trescientas noventa y un diezmilésimas de peso) por mensaje corto.
En la publicación de la oferta pública Telcel puntualizó que ninguna de las manifestaciones vertidas en este documento implica o puede interpretarse como consentimiento o reconocimiento, expreso o tácito, sobre la constitucionalidad, validez, legalidad o procedencia de la resolución ni de la determinación de tarifas 2014, ni de cualquier norma, resolución, plan, lineamiento general, acuerdo o cualquier otro acto de autoridad, presente o futuro, ni sobre cualquier otra ley, resolución, plan, lineamiento general, acuerdo o cualquier otro acto de autoridad que pudiera resultar de los términos y condiciones ofrecidos por Telcel en el presente documento
.
Al publicar la oferta pública Telcel cumple con las reglas impuestas por el Ifetel luego de considerarla preponderante junto con Telmex, América Móvil y las empresas de Grupo Carso, porque el órgano regulador los conjuntó en un grupo de interés económico.
La insistencia de la empresa en enfatizar que lo hace sin consentimiento se debe a que no está de acuerdo con la declaratoria de preponderancia del Ifetel, ni con las tarifas asimétricas que debe cobrar a los usuarios de su red, por lo que recurrió a tribunales.
Entre los alegatos de Telcel figura que el 8 de febrero de 2011, sin que mediara mandato alguno, publicó una oferta pública en el Diario Oficial de la Federación (DOF), a la que ha hecho adecuaciones.
En junio de 2012 bajo el principio de trato no discriminatorio
, Telcel publicó en el DOF las tarifas de terminación en usuarios móviles de su red, bajo las modalidades el que llama paga
y el que llama paga nacional
, aplicables para los años 2011 a 2014 y disponibles para los concesionarios del servicio local y del servicio de larga distancia, por lo que, para la empresa, no era necesario tener un nuevo marco de interconexión ni modificar sus tarifas.
Miriam Posada García, La Jornada, 29 de abril.
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