'Viola derechos laborales la ley de evaluación'

La Ley del Servicio Profesional Docente violenta los derechos de los trabajadores de la educación, afirmó el diputado Jorge de la Vega Membrillo, presidente de la Comisión de Educación.

Expuso que la reforma a los artículos tercero y 73 de la Constitución establece que la Ley General del Servicio Profesional Docente (SPD) respetará los derechos de los trabajadores, pero la iniciativa propone despedir a un trabajador sin ser indemnizado.

"Ahí no estamos de acuerdo, pues se trata de una conquista laboral", dijo.

El legislador perredista señaló que los artículos 22, 56 y el octavo transitorio de la ley establecen que un maestro podrá ser separado de su cargo, sin responsabilidad para la autoridad educativa.

El 22, precisó, indica que un docente puede ser despedido sin ser indemnizado si, tras un periodo de inducción de dos años, su desempeño es insuficiente.

"Si no pasa la evaluación, está bien, que se vaya, pero le deben reconocer sus derechos laborales y su indemnización. La propuesta de la SEP es que se vaya sin nada, sin responsabilidad de la autoridad educativa", aseveró.

Además, subrayó, esto se propone para los maestros de nuevo ingreso, quienes deben refrendar su permanencia en el servicio y aquellos no se sometan a los mecanismos de evaluación.

"Estamos de acuerdo en que la evaluación sea obligatoria, porque garantiza que la capacitación y actualización del maestro esté bajo vigilancia para garantizar la calidad de su trabajo, el cual va a redundar en mejor calidad de la educación", expresó.

El diputado planteó que el despido de un docente se debe procesar conforme a la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio de la Educación, que reglamenta el apartado B del Artículo 123 constitucional.

"Si un maestro que tiene 30 años de servicio rechaza evaluarse, se podrá acoger a un programa de retiro voluntario, como lo marca la ley. Si aun así, no quiere, se tendrá que ir, pues la evaluación es obligatoria para todos.

"Si no se quiere someter, que se vaya, pero le tienen que reconocer sus años de servicio. La propuesta oficial plantea que si no se quiere evaluar, se le despida sin más. En eso es en lo que no estamos de acuerdo", apuntó.

En referencia a la sanciones, De la Vega dijo que éstas deberían estar en un nuevo reglamento sobre las Condiciones Generales de Trabajo, que no se han modificado desde 1946.

"El maestro que no cumple, es irresponsable o no asiste, debe ser sancionado, pero estas sanciones ya existen y no se ejercen: están en el Reglamento de las Condiciones Generales de Trabajo.

"Aunque las sanciones existen, no se aplican por falta de autoridad, pues el sindicato tiene una estructura -desde maestros, directores, supervisores e inspectores- que no permite que se aplique la norma", afirmó.

Letra chiquita
 
La pospuesta Ley del Servicio Profesional Docente regula el ingreso, la promoción y la permanencia de docentes.

MANEJO DE PLAZAS
 
Elimina la intervención del sindicato en:
 
· Ingreso
· Promoción
· Cambio de escuela
· Asignación de directores, supervisores y Asesores Técnicos Pedagógicos (ATP) 
· Establece sanciones para quien compre, venda u ocupe una plaza -docente o administrativa- sin pasar por la evaluación
· Las autoridades educativas federal y estatales manejarán los recursos humanos
 
 
PROMOCIÓN
 
· Maestros: Aprobar la evaluación del INEE
· Directores: Cursar programas de liderazgo y gestión escolar
· Supervisión: Se ponen a concurso
· Participarán quienes cumplan los requisitos que fije la autoridad educativa

DESPIDOS
 
· Si no se someten a la evaluación
· Si no asiste a su centro de trabajo por tres días consecutivos
· Si no aprueba la evaluación del INEE, tras periodo de inducción de 2 años
· Quien no apruebe la primera evaluación tendrá tres oportunidades anuales
· Si reprueba la última, podrá ser separado de sus funciones
· Sin derecho a liquidación si ingresa después de la publicación de la ley

Sonia del Valle, Reforma, 24 de agosto.

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