El Senado perfila poco más de 80 modificaciones al primer paquete de reformas energéticas que envió el Ejecutivo federal, entre las que se plantea anticipar –para una fecha aún no determinada— la apertura del mercado de la venta de gasolina y diésel, que de acuerdo con la iniciativa presidencial deberá ocurrir a partir de 2019. Con la apertura, Pemex dejaría de ser el único proveedor de dichos combustibles.
El proyecto de dictamen que elaboraron las comisiones unidas de Energía y Estudios Legislativos Primera, plantea cambios a las leyes de Hidrocarburos, Inversión Extranjera, Minera y Asociaciones Público Privadas.
La propuesta presidencial establece que hasta el 31 de diciembre de 2018, Pemex será la única institución que tendrá permiso para la importación de combustibles, y que sea a partir del 1 de enero de 2019, cuando los permisos se otorguen a cualquier interesado que cumpla con las disposiciones legales.
Sin embargo, los senadores buscan que la Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece) tenga facultades para adelantar la posibilidad de que la iniciativa privada pueda acceder al mercado de las gasolinas y el diésel, siempre y cuando se garantice la competencia en ese ámbito.
En el documento se establece que “será a juicio” de la Comisión Federal de Competencia Económica determinar si se presentan condiciones de competencia efectiva antes de que se cumplan los plazos planteados en la iniciativa presidencial, con lo cual dicha comisión tendrá facultades para abrir el mercado en el tiempo que considere pertinente.
A partir de esa fecha –la que determine la Cofece— Pemex no podrá condicionar el suministro de combustibles a la celebración de contratos de franquicia.
La apertura de importación y ventas deberá sujetarse a lo que establece el artículo 82 de la Ley General de Hidrocarburos.
REVOCACIONES. Otro de los cambios que se plantean consiste en que la Secretaría de Energía no sea la instancia que apruebe los planes de exploración y desarrollo para la extracción de hidrocarburos, facultad que sería cedida a la Comisión Nacional de Hidrocarburos.
La rescisión administrativa por incumplimiento del compromiso mínimo de trabajo, o en caso de que se presente un accidente grave causado por dolo y culpa del asignatario.
El proyecto de dictamen publicado por las comisiones dictaminadoras en internet apunta a la fortaleza de la Comisión Nacional de Hidrocarburos, que será la única autoridad en materia de alianzas o asignaciones.
El proyecto de dictamen establece un plazo de 120 días —cuatro meses— para que las empresas nacionales y extranjeras que no cumplan con sus obligaciones de producción se justifiquen, antes de que el Estado les revoque el contrato.
La revocación –señala el documento— “requerirá notificación previa al Asignatario de la causal o causales que se invoquen y se regirá por la presente Ley y su reglamento. Una vez notificada la causal, el Asignatario tendrá un máximo de 30 días naturales, contados a partir de la fecha de notificación, para exponer lo que su derecho convenga y aportar, en su caso, las pruebas que estime pertinentes”.
La Crónica, 9 de junio.
El Senado perfila más de 80 cambios al paquete energético
Reforma Energética, Senado Medios México lunes, 9 de junio de 2014 0 comentarios
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