La SCJN da revés a Axtel en tarifas de interconexión
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió que las tarifas de interconexión que debe pagar Axtel a Telcel para el periodo 2005-2007 no serán reducidas, y revocó el amparo concedido a la primera por un juzgado federal que modificó el modelo de costos aplicado por la Cofetel en el caso.
Por seis votos contra cuatro, el pleno de la Corte validó la resolución de la Comisión Federal de Telecomunicaciones (Cofetel), que determinó las tarifas bajo el esquema de redondeo por minuto para 2005 y 2006 y por segundos redondeados más un 25% adicional para Telcel durante 2007.
Al continuar con la revisión de los amparos que promovieron Axtel y Telcel en contra de la resolución de la Cofetel, la Corte ratificó que la comisión, como órgano rector del Estado en la materia, posee facultades discrecionales para fijar tarifas de interconexión y otras condiciones no convenidas entre las empresas del sector.
Con los votos en contra del presidente, Juan Silva Meza y los ministros Sergio Valls, José Ramón Cossío y Margarita Luna Ramos, la mayoría estableció que la Cofetel fundó y motivó debidamente el modelo de costos aplicado, que contempla una reducción gradual en la medición del tráfico por minutos redondeados a redondeo por segundo.
De acuerdo con la resolución, el juez de amparo sustituyó indebidamente las funciones de la Cofetel al modificar el modelo de costos por minuto redondeado, aplicado por el órgano regulador, por considerar que era discrecional.
El ministro instructor, Luis María Aguilar, justificó la propuesta de revocar el amparo concedido a Axtel con el argumento de que, al no hacerlo, sería necesario modificar el modelo de costos y que la Corte, excediendo sus atribuciones, decidiera cuál era la forma de medir el tráfico de llamadas entre operadoras de redes públicas.
Agregó que “el cobro de interconexión por segundo, establecido por el juez de amparo, no garantiza precios más bajos para los consumidores”.
Sergio Valls, quien votó en contra de revocar el amparo a Axtel, destacó que la Cofetel, “con el propósito injustificado de no perjudicar a Telcel, determinó que la medición por segundo debía hacerse a partir de enero de 2007, y sin sustento legal alguno, incluyó un sobre cargo de 25% sobre la contraprestación”.
EL Universal, 27 de febrero.
SCJN, Telcel, Telefonía Medios México miércoles, 27 de febrero de 2013 0 comentarios
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