Justifican tribunales la concesión

Frenar la entrega de títulos de concesión al grupo Nextel-Televisa era un atentado contra el interés colectivo y los fines que la Constitución ha establecido en materia de telecomunicaciones.

Lo anterior sostuvieron los tribunales federales que la semana pasada revocaron suspensiones provisionales otorgadas por jueces de distrito en favor de filiales de Iusacell, que impedían concretar la entrega de títulos al consorcio ganador de la polémica licitación 21.

"La sociedad se encuentra interesada en el aprovechamiento eficiente del espectro radioeléctrico, lo cual se logra a través de la ejecución de los fallos de licitación expedidos para tal efecto", dice la sentencia del Décimo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa.

"De otorgarse la suspensión, se privaría a la colectividad del desarrollo eficiente de las telecomunicaciones en México, así como de lograr mejores precios, diversidad y calidad en beneficio de los usuarios finales", agregó el tribunal por votación unánime de sus tres magistrados.

Iusacell había alegado en sus demandas que no habría daños a la sociedad porque las frecuencias asignadas a Nextel-Televisa no han comenzado a ser utilizadas, y advirtió que si se permite a esta empresa iniciar operaciones, y luego se declara ilegal la licitación 21, "habrá gran desconcierto por la desactivación de los servicios".

Pero los tribunales colegiados, máxima autoridad en materia de suspensiones, rechazaron este punto de vista y advirtieron violaciones a los artículos 25, 28 y 134 de la Constitución, así como a seis artículos de la Ley Federal de Telecomunicaciones, que establecen los objetivos y políticas nacionales en dicho sector.
Víctor Fuentes, Reforma, 5 de octubre.

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