Diputados modifican iniciativa de EPN para crear el Seguro de Desempleo

La Comisión de Puntos Constitucionales de la Cámara de Diputados modificó anoche la iniciativa del presidente Enrique Peña Nieto para crear el Seguro de Desempleo, debido a que la propuesta abarcaba a los trabajadores de los apartados “A” (trabajadores en general) y “B” (servidores públicos) de la Ley Federal del Trabajo, y jurídicamente es necesario separar el apoyo.

Sin embargo, aprobó el dictamen que crea la Pensión Universal para los adultos mayores de 65 años, a fin de que el Ejecutivo garantice apoyos económicos a este sector para sus gastos básicos de manutención durante la vejez.

De este modo, y por lo que hace al Seguro de Desempleo, la instancia dictaminadora que preside el perredista Julio César Moreno resolvió únicamente modificar la fracción XXIX del apartado “A” del Artículo 123 de la Constitución, para establecer que la Ley del Seguro Social “comprenderá seguros de cesantía en edad avanzada y de desempleo”.

Así, los trabajadores del apartado “B”, es decir, los burócratas, no fueron considerados de momento en el dictamen.

En un artículo segundo transitorio, se establece que el Congreso preverá que los adultos mayores que cumplan 65 años a partir del 2014, que requieran apoyo para sufragar sus gastos básicos de manutención durante su vejez, reciban una pensión a partir de ese año.

Por lo que hace a la Pensión Universal, se modificaron los Artículos 4°, 73 y 123 de la Constitución que prevé que los adultos mayores que cumplan 65 años a partir del año 2014, cuenten con apoyo para sufragar sus necesidades primarias.

El presidente de esa instancia legislativa señaló que será en la discusión del Paquete de Egresos donde se asignen los recursos para el funcionamiento de este programa.

Dijo que se trata de una reforma “muy noble” y aseguró que se da un gran paso al reconocer a los adultos mayores: “En 180 días se tienen que hacer las leyes secundarias y debemos trabajar en lo inmediato en la asignación del dinero”, dijo.

Se preverá que periódicamente se revise esa edad para que, con base en los estudios demográficos que determine la ley, dicha edad se incremente en función de la esperanza de vida de la población.

Se señala que el acceso a los servicios a que se refiere el presente decreto y el otorgamiento de los seguros y prestaciones correspondientes se realizará de acuerdo al monto de ingresos que permita cubrir las nuevas obligaciones.

En un tercero transitorio se subraya que los programas, apoyos y pensiones alimentarias establecidos por los estados y el Distrito Federal, que prevean la transferencia directa de recursos públicos a los adultos mayores para su manutención, podrán continuar en los términos y condiciones que se otorgan conforme a las leyes emitidas con anterioridad a la entrada en vigor del decreto.

Luciano Franco, La Crónica, 19 de octubre.

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