Frenan leyes de seguridad

Senadores y diputados dejaron en la congeladora leyes sobre seguridad.

Anoche, el Senado aprobó la Ley General para Prevenir y Sancionar los Delitos en materia de Secuestro, y la turnó a la Cámara de Diputados, cuando en San Lázaro se habían cerrado los trabajos del periodo de sesiones.

El miércoles, el Senado también había aprobado la Ley de Seguridad Nacional, que regula la actividad de las Fuerzas Armadas en la lucha contra el crimen organizado, pero el proyecto fue frenado en la colegisladora, donde tampoco se votó, con el argumento de que era necesario revisarla a fondo y no legislar al vapor.

En días pasados, el Ejecutivo había urgido al Congreso a aprobar la legislación para fortalecer la lucha contra el crimen organizado que ha dejado 22 mil 700 muertos desde 2006, de acuerdo con cifras oficiales.

La Ley de Seguridad Nacional, que fue aprobada por 105 votos a favor y uno en contra, abre la puerta a que los militares sean juzgados por tribunales civiles cuando cometan delitos contra civiles. Además, prohíbe la participación del Ejército en conflictos de origen social, laboral y electoral.

También faculta al Presidente para declarar la afectación a la seguridad interior y, con ello, el despliegue de las Fuerzas Armadas como auxiliares de autoridades civiles.


CONTRA PLAGIOS

La llamada Ley Antisecuestros, que fue aprobada ayer en lo general por 91 votos a favor, establece penas hasta de 90 años de cárcel, la acumulación de sanciones corporales por otros delitos y la cancelación de beneficios de libertad preparatoria.

El nuevo marco legal establece las modalidades del delito de secuestro y sus sanciones; las medidas de protección, atención y asistencia a víctimas; y la distribución de competencias y formas de coordinación entre los distintos órdenes de Gobierno.

La reforma no incluyó la cadena perpetua propuesta por el Presidente Felipe Calderón ni los 140 años de cárcel acumulados que contemplaba el último documento de trabajo.

De entrada, quien prive de la libertad a otro para obtener un rescate, beneficio u obligar a sus familiares a realizar un acto cualquiera, así como cometer un secuestro exprés, tendrá de 20 a 40 años de prisión, además de pagar 2 mil días de salario mínimo de multa.

La sanción se agravará cuando el secuestro se realice en camino público o en lugar desprotegido o solitario; cuando los delincuentes actúen en grupo; haya violencia contra la víctima y ésta sea menor de 18 años, mayor de 60 años de edad, padezca alguna discapacidad o sea mujer en estado de gravidez.

También se contemplan penas hasta por 70 años de prisión si el secuestrador priva de la vida a su víctima.

Además, se crea el "Fondo para la Atención de Víctimas del Secuestro", para apoyar a las víctimas y ofendidos.

Esta bolsa tendrá siete entradas de recursos, entre ellas del presupuesto de la PGR, de los obtenidos por la enajenación de bienes decomisados en procesos penales federales o de aquellos procedentes de la extinción de dominio, relacionados con el plagio y fianzas de secuestradores.

Asimismo, la Ley obliga a las procuradurías estatales a crear y operar unidades especiales para el secuestro, las cuales contarán con ministerios públicos, policías y funcionarios especializados en la materia.
Érika Hernández y Claudia Guerrero, Reforma, 30 de abril.

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