Regulan en Senado despliegue de tropas

El Senado aprobó ayer la reforma a la Ley de Seguridad Nacional, que veta la participación del Ejército en conflictos de origen social, laboral y electoral y establece los pasos legales a seguir para autorizar el despliegue de tropas en el territorio nacional.

Tras aprobar los cambios, los senadores se pronunciaron por reformar también el Código de Justicia Militar para modificar el fuero de las fuerzas armadas.

La solicitud inicial para el despliegue de tropas en las entidades deberá ser presentada por los congresos locales o los gobernadores ante el Consejo de Seguridad Nacional y revisada por el Senado.

La ley aprobada faculta al Presidente de la República para emitir la declaratoria de afectación a la seguridad interior y, con ello, el despliegue de las fuerzas armadas que desempeñarán su labor como "axilares" de las autoridades civiles.

Por otro lado, los gobernadores y congresos tendrán 90 días de plazo para solicitar que se regularice la situación de los militares desplegados ya en sus territorios, pues de lo contrario, deberán regresar a sus cuarteles.

En todos los casos, los militares deberán respetar los derechos humanos y garantías individuales, que no podrán suspenderse bajo ningún escenario.

Para regularizar la operación de los retenes, los senadores establecieron un plazo de un año para emitir la Ley sobre el Uso Legítimo de la Fuerza.

Con los cambios aprobados se abre la puerta a que los elementos castrenses sean juzgados por tribunales civiles cuando cometan delitos contra civiles.

Además de que se sujeta la actuación de soldados y marinos a lo que establecen la Constitución y los tratados internacionales en materia de delitos del fuero común.

La reforma fue turnada a la Cámara de Diputados para su discusión y eventual aprobación.



Juicios civiles

Durante la sesión ordinaria, senadores de distintas bancadas advirtieron sobre la urgencia de garantizar a los civiles el acceso a la justicia cuando sean víctimas de un delito cometido por militares o marinos.

Pablo Gómez,del PRD, hizo un último intento para tratar de modificar la Ley de Seguridad Nacional y establecer, por adelantado, que las tropas si pueden ser perseguidas y sancionadas por la justicia ordinaria.

"Tenemos que responder a eso, tenemos que dar garantías, no podemos dejarlo para dentro de cuatro meses, y no se trata, como dijo el Secretario de Gobernación, de un delito o de otro, se trata de cuando la víctima sea un civil, cualquiera, por cualquier delito", dijo.

En su turno René Arce, senador independiente, urgió a los legisladores a avanzar en la reforma del fuero militar, tras asegurar que la propuesta no atenta contra las fuerzas armadas, sino que las protege de las malas conductas de algunos de sus integrantes.

"Nuestro reconocimiento a esos miles de militares que exponen su vida; pero nuestra firme convicción de que aquellos elementos que denigren su función como militares, sean juzgados adecuadamente", dijo.

En el mismo sentido, Jorge Legorreta, del PVEM, sostuvo que se debe modificar el marco legal para proteger a la población civil y garantizarle el acceso a la justicia cuando sea víctima de un delito cometido por militares.

"Hay un avance, pero por supuesto tenemos que legislar en la materia del Código de Justicia Militar para tratar de que esto sea integral, y evitar que se sigan llevando a cabo los abusos que cometen muchas veces los militares, incluyendo agresiones sexuales", señaló.

El coordinador del PT, Ricardo Monreal, sostuvo que los militares deben quedar a disposición de las autoridades civiles, cuando violen derechos humanos de la población.

El presidente de la Comisión de Gobernación, el priista Jesús Murillo Karam, adelantó que el tema será abordado cuando llegue al Senado la iniciativa del Ejecutivo federal en materia de justicia militar.

Defendió la eventual reforma al asegurar que obliga a cumplir todos los tratados internacionales firmados por México.




Ajustes militares

La reforma a la Ley de Seguridad Nacional aprobada en el Senado:

· Establece los pasos legales a seguirse para autorizar el despliegue de tropas en el territorio nacional.

· Faculta al Presidente para emitir la declaratoria de afectación a la seguridad interior.

· Gobernadores y congresos locales tendrán 90 días de plazo para solicitar que se regularice la situación de los militares en sus territorios.

· Veta la participación del Ejército en conflictos de origen social, laboral y electoral.

· Abre la puerta a que los militares sean juzgados por tribunales civiles.
Claudia Guerrero y Érika Hernández, Reforma 28 de abril.

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