se elimina el término garantía al artículo 4 de la Ley Orgánica de la CNDH y se consigna el de derechos humanos, que es en realidad lo que se busca proteger. Con los cambios aprobados ayer se quita la restricción al titular de la CNDH, Raúl Plascencia Villanueva, para crear una nueva visitaduría general que se haga cargo de los asuntos laborales. Por ley sólo puede contar con cinco, y ya los tiene cubiertos; para subsanar esta deficiencia se eliminó el número de estos visitadores con que puede contar, con lo que “se deja a consideración delombudsman la determinación del total de funcionarios que requiera”.
es facultad del titular de la CNDH investigar hechos que constituyan violaciones graves de derechos humanos, cuando así lo juzgue pertinente o lo pidieran el Ejecutivo federal, alguna de las cámaras del Congreso de la Unión, algún gobernador, el jefe de Gobierno del Distrito Federal o los congresos de los estados.
cuando un servidor público no acepte una recomendación deberá fundar, motivar y hacer pública su negativa y atender los llamados del Senado, o en sus recesos, los de la Comisión Permanente, a comparecer ante dichos órganos legislativos.
sí son suficientes la fundamentación o motivación presentada por la autoridad o servidor público que se hubiese negado a aceptar o cumplir la recomendación, y hará saber por escrito dicha circunstancia a la propia autoridad, funcionarios y, en su caso, a sus superiores jerárquicos. Si se les notifica que es insuficiente la motivación, tendrán 15 días para decidir si persisten en no aceptarla o asumirla; si persisten en la negativa, se denunciará penal o administrativamente.
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