Facultan a la Cofetel intervenir en controversias


La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) votó de manera unánime la constitucionalidad del artículo 9-A fracción X de la Ley Federal de Telecomunicaciones, en el que se faculta a la Cofetel promover y vigilar la eficiente interconexión de equipos y redes públicas.
La víspera, los ministros votaron por unanimidad favoreciendo las facultades de la Comisión Federal de Telecomunicaciones (Cofetel) en materia de interconexión con respecto al amparo promovido por Telcel.
El amparo interpuesto por la operadora quería probar que la Cofetel no podía intervenir en controversias entre particulares, en asuntos como los desacuerdos en la fijación de tarifas de interconexión, y considerar que es un acto que debe resolverse en los tribunales.
Los ministros indicaron que Telcel no tiene razón debido a que la comisión si puede determinar o resolver una situación relacionada con la interconexión debido a que es un acto administrativo.
En la agenda del pleno ayer había cuatro temas, el primero de ellos fue la constitucionalidad del artículo 9-A de la Ley Federal de Telecomunicaciones, el cual fue declarado a favor de la Cofetel.
Aunque debió analizarse el alcance de la Cofetel en estos temas declarando si es competente en materia de interconexión, además de resolver la tarifa promedio ponderada, temas en los que no hubo un pronunciamiento.
Finalmente se cerró la sesión decidiendo continuar el jueves con el tema de la legalidad de las tarifas determinadas por la Cofetel.
Por separado la Secretaría de Comunicaciones y Transportes reiteró su compromiso de respetar las determinaciones del pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y de promover el desarrollo eficiente de las telecomunicaciones.
En un comunicado también indicó que promoverá la sana competencia entre los prestadores de servicios, en términos de las facultades que le otorga la ley.
Susana Mendieta/México, Milenio, 29 de febrero.

0 Responses to "Facultan a la Cofetel intervenir en controversias"