En votación dividida (seis a cuatro), el pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó ayer que la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) no está facultada para revisar las decisiones de la Comisión Federal de Telecomunicaciones (Cofetel), por ser éste un órgano desconcentrado autónomo que responde a la tendencia internacional de contar con órganos especializados, técnicos y fundamentales para la regulación de las actividades económicas trascendentes para el país
.
Con la decisión, los ministros ampararon a la telefónica Unefon en contra de la resolución de la SCT de 2008, pero dejaron firme la resolución P/300507/304 del 30 de mayo de 2007, en la que la Cofetel estableció las tarifas de interconexión de redes públicas que Axtel deberá pagar a Unefon por servicios de terminación conmutada de telefonía celular bajo la modalidad el que llama paga
para el periodo 2005-2010.
Fuentes judiciales señalaron que la decisión envía un mensaje muy claro
a las autoridades de telecomunicaciones y a las empresas telefónicas, de radio y televisión, en el sentido de que la Cofetel es la única con atribuciones para establecer de manera independiente y autónoma políticas públicas en esos sectores.
Además, añadieron, es un reconocimiento a la necesidad de que los nombramientos de los funcionarios de los órganos desconcentrados sean inamovibles y transexenales, para que sus integrantes desarrollen políticas públicas que respondan a las necesidades técnicas del país y trasciendan los intereses políticos del gobierno en turno.
Los ministros Luis María Aguilar, Guillermo Ortiz Mayagoitia, Fernando Franco, Olga Sánchez Cordero, José Ramón Cosío y Jorge Pardo coincidieron en que la Cofetel constituye una nueva forma evolucionada de desconcentración
en la que, aun siendo dependiente económica y organizativamente de la SCT, goza de plena autonomía.
Luis María Aguilar sostuvo que la autonomía de la Cofetel se aplica también a radiodifusión y telecomunicaciones, y que de permitirse que la secretaría intervenga en sus decisiones generaría falta de seguridad jurídica en la toma de decisiones del organismo, que es el único regulador del espectro radioeléctrico.
Jesús Aranda, La Jornada, 28 de febrero.
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