El TEPJF ordena al PAN resolver queja sobre candidatura a Jalisco

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ordenó a la Comisión Nacional de Elecciones del Partido Acción Nacional (PAN) que resuelva, de inmediato, el juicio de inconformidad promovido por Alfonso Petersen Farah, en contra de diversas irregularidades en la elección interna de candidato a gobernador en el estado de Jalisco.

El aspirante a la candidatura denunció la omisión del órgano interno para resolver la impugnación que presentó el 7 de febrero, dos días después de que se llevó a cabo la jornada electoral. Tal agravio fue considerado como fundado por parte de los ministros.

De acuerdo con la magistrada Carmen Alanís, quien elaboró el proyecto de sentencia, se concedió la razón a Petersen Farah ya que el artículo 139 del Reglamento de Selección de Candidatos a Cargos de Elección Popular del PAN señala que los juicios de inconformidad deberán ser resueltos, cuando se impugnen los resultados o se solicite la nulidad de algún proceso, a más tardar dentro de los nueve días siguientes a la fecha de la jornada electoral.

Sin embargo, la Comisión Nacional de Electores del PAN reconoció que hasta el pasado 1 de marzo no había resuelto dicho juicio.

Al considerar que el plazo reglamentario transcurrió en exceso, el Tribunal Electoral  ordenó al PAN que, una vez que le haya sido notificada la sentencia, resuelva de inmediato el juicio de inconformidad.

En otro tema, el Tribunal ordenó a la Comisión Nacional de Garantías del PRD resolver de inmediato  el recurso de inconformidad promovido por Eduardo Hugo Ramírez Salazar, en contra del cómputo estatal de la elección de Consejeros Nacionales por el estado de Querétaro.

En el proyecto de sentencia se establece que dicho órgano incurrió en una omisión, ya que han transcurrido más de 110 días naturales sin que se pronuncie sobre el caso, "con lo cual ha vulnerado el derecho de acceso a la justicia pronta y expedita de su militante".


Blanca Estela Botello, La Crónica, 10 de marzo.

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