La exención sobre bloqueos viola el principio de igualdad electoral: PRD


La semana pasada, el Instituto Federal Electoral (IFE) exentó a televisoras de sustituir espots federales. La medida benefició a 129 estaciones de Televisa y Televisión Azteca, las cuales no estarán obligadas a bloquear su señal nacional para transmitir las campañas locales.
La decisión ya fue impugnada ante el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) por el Partido de la Revolución Democrática (PRD) en sendos recursos: uno en contra de la decisión de la secretaría ejecutiva de no realizar requerimientos ni procedimientos sancionadores en contra de esas emisoras por no transmitir las pautas en el periodo, y otro por la determinación de avalar que esas emisoras no bloqueen sus señales durante las campañas federales.
Una exención de obligaciones no prevista en la ley, como la relativa a la incapacidad de bloqueo de concesionarios y permisionarios que transmitan la programación de otras emisoras, constituye una violación al principio de igualdad ante la ley, y no es acorde con la función social de las concesiones de un bien público, advierte el recurso del PRD. Todo ello en detrimento de los estados donde hay elecciones coincidentes, pues en esas emisoras no se verán las campañas locales y sólo se transmitirán las campañas federales.
Para la Asociación Mexicana de Derecho a la Información, la decisión alentará el crecimiento del llamado mercado negro en los medios electrónicos, pues los candidatos y partidos, al no contar con cobertura local a través de los espots pautados por el IFE, podrían negociar el pago de espacios en los medios para tener presencia, lo cual es contrario a la ley.
La decisión del IFE ha sido calificada de polémica, ya que su documento final, promovido por el consejero electoral Lorenzo Córdova, contiene grandes similitudes con el que en su momento remitieron Televisa y TvAzteca para argumentar en favor de que se les eximiera de bloquear. En las argumentaciones de los consorcios se aludía a utilizar equipos móviles para lograr que una veintena se incluyeran en los bloqueos, mientras el documento aprobado lo dejó en 28.
Otro argumento similar entre el IFE y Televisa es el referido a la justificación del incumplimiento de la ley al consorcio, bajo el esquema de la suficiencia, pues para el consejero electoral estas 28 emisoras estarían ubicadas en zonas con una audiencia potencial de 75 mil electores, lo que permitiría maximizar su efecto.
Televisa sostenía: Se sugiere utilizar los equipos móviles en las siguientes emisoras, mismas que, por encontrarse en las principales poblaciones de las entidades en que habrán de celebrarse comicios locales coincidentes con el federal, resultan más aptas para adecuarse y equiparse en el menor tiempo posible.
Solicitud a la CIDH
La Cámara Nacional de la Industria de Radio y Televisión (CIRT) presentó ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) una solicitud para que revisen las sanciones que ha impuesto la autoridad electoral mexicana a televisoras y radiodifusoras que han transmitido entrevistas y debates con aspirantes a puestos de elección popular. El organismo explicó que la petición a la instancia internacional se hizo porque en México se está cercenando la libertad de expresión.
Incluyó en su documento la revisión de los procedimientos y resoluciones de las autoridades electorales que han sancionado a estaciones de radio por realizar debates gratuitos; pide asimismo se observen las sanciones contra los concesionarios de televisión restringida por transmitir gratuita y equitativamente cierres de campañas.
Solicitó también que la CIDH revise las órdenes del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la federación para investigar a decenas de periodistas que entrevistaron a candidatos a cargos de elección popular.
Alonso Urrutia y Miriam Posada García, La Jornada, 5 de marzo.

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