una excitativa de justiciaa la Unidad de Fiscalización del Instituto Federal Electoral (IFE) para concluir las investigaciones sobre las quejas presentadas contra el financiamiento irregular del PRI.
que también deben ser sancionados con la nulidad y la declaración de no validez de la elección impugnada.
No se ha constreñido a resolverlos con la mayor celeridad posible, ni atiende ni toma en consideración los plazos para la resolución de los juicios de inconformidad y de la calificación presidencial, sino que se justifica en la necesidad de agotar los plazos máximos que le son concedidos por la ley en condiciones ordinarias, sin tomar en cuenta las circunstancias extraordinarias, las finalidades del procedimiento sancionador electoral, sin hacer una ponderación entre los valores en juego y la urgencia en la resolución, para reducirlos al mínimo posible.
la figura jurídica de la excitativa de justicia no se encuentra prevista en la legislación electoral, la misma forma parte de nuestro sistema jurídicoy es dable aplicarla.
contará con un acervo probatorio más exhaustivo y completo para resolver el juicio de inconformidad.
sin atender la naturaleza de los bienes jurídicos tutelados en el recurso de inconformidad de una sola instancia por el que se impugnan los resultados de la elección presidencial, tampoco atiende el derecho de justicia pronta y expedita.
inconsistencias y deficienciasdel trámite de los procedimientos especiales sancionadores, como es el excesivo tiempo transcurrido entre la admisión de la queja y la realización de los primeros requerimientos; la omisión de la tramitación de las querellas por la doble vía ordinaria y de fiscalización, o la desconexión y falta de acumulación de las quejas con identidad de hechos.
e inclusive alude a la posibilidad de ampliación de éstos. Por ello demanda que, toda vez que la unidad cuenta con las facultades de investigación necesarias para corroborar los hechos y determinar la magnitud de los mismos (en razón de que puede allanarse del secreto bancario, fiduciario y fiscal), los medios de prueba están a su alcance y puede tramitarlos de forma expedita para que el TEPJF tenga todos los elementos relacionados con la elección.
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