Perfilan estrategia jurídica

La estrategia jurídica del ex diputado Manuel Clouthier para lograr su registro como candidato independiente a la Presidencia de la República, partirá de una idea central: que la Constitución sólo prohíbe las candidaturas independientes para cargos estatales, no federales.

"En el ámbito federal, no hay prohibición constitucional para las candidaturas independientes", dice un documento de presentación sobre el tema, elaborado por la asociación civil Justicia Justa, que se encargará de la parte jurídica del caso.

La asociación es operada por los litigantes Luis Manuel Pérez de Acha y Denise Tron Zuccher.

La estrategia contempla que Clouthier presentará en los próximos días al IFE la solicitud formal para que se le registre como candidado a la Presidencia.

El IFE negará el registro con base en el artículo 218 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales (Cofipe), que es la norma que señala que sólo los partidos políticos nacionales pueden postular a candidatos a puestos federales.

Contra esta negativa se promoverá un juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano ante el Tribunal Electoral, que tendría que interpretar la reforma constitucional de 2007.

Luego de esa reforma, el artículo 116 de la Carta Magna señala que las leyes estatales tienen que reconocer que los partidos tienen el derecho exclusivo para solicitar el registro de candidatos a cargos de elección popular.

Pero el artículo 41, que rige los procesos federales, sólo menciona que uno de los fines de los partidos es "hacer posible el acceso de los ciudadanos al ejercicio del poder público".

Justicia Justa recordó en su presentación que la Suprema Corte de Justicia avaló una reforma de 2006 aprobada en Yucatán por la que se establecieron candidatos ajenos a los partidos, y que para revertir ese precedente, los propios partidos reformaron el artículo 116 de la Carta Magna, que sólo se refiere a los estados.

Los abogados de Clouthier también mencionan las disposiciones previstas en la Convención Interamericana de Derechos Humanos, que señala que los ciudadanos tienen derecho de acceso en condiciones generales de igualdad a las funciones públicas de sus países, entre otras normas internacionales.


Víctor Fuentes, Reforma, 7 de marzo.

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