El Trife no modificaría resultados sólo por la insatisfacción de un candidato

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) sólo podría modificar el resultado de las elecciones presidenciales con base en las pruebas aportadas por los inconformes y no por la insatisfacción de algún candidato o partido, sostuvo el magistrado Manuel González Oropeza, quien reconoció que las resoluciones del máximo órgano electoral no puede dejar satisfechos a todos.

El tribunal —agregó— tiene la obligación de verificar todo este proceso de acuerdo con la ley y analizar las impugnaciones de acuerdo con las pruebas que se den, “porque las impugnaciones pueden ser muy genéricas, pueden mostrar la insatisfacción de un candidato o de un partido, pero ya nosotros somos un tribunal que solamente puede cambiar el resultado con base en las pruebas aportadas.

“No basta con decir o descalificar, por ejemplo, que se deben anular casillas por el hecho de que se permitió que votaran personas que no estaban en el listado nominal. Finalmente eso se necesita probar”, aseveró.

Al tribunal le toca decir si lo que se denuncia ocurrió en realidad, pero sólo puede hacerlo a partir de las pruebas que le son aportadas, indicó.

El magistrado defendió la absoluta imparcialidad del TEPJF al recordar que está integrado por siete personas de distinta extracción y con distintos antecedentes, quienes emiten sus argumentos convencidos y apoyados en la ley.

“Cualquier otro interés o motivación ajena a nuestra función está descartada desde un principio”, sostuvo.

Entrevistado en el programa Justicia Electoral a la Semana en el Canal Judicial, conducido por la periodista Guadalupe Juárez, González Oropeza precisó que las pruebas deben ser aportadas por el quejoso o inconforme ya que el Tribunal Electoral no es un órgano con facultades de investigación, sino una instancia que resuelve a partir de los hechos denunciados y los elementos de convicción que presenta el demandante.

En ese sentido, el magistrado reconoció que los fallos del órgano jurisdiccional no pueden dejar satisfechos a todos, pero manifestó su respeto a las inconformidades.

González Oropeza confirmó que al concluir el plazo legal, se presentaron 350 juicios de inconformidad promovidos por partidos políticos y coaliciones, para impugnar 290 de los 300 distritos electorales que componen el país.

Esto significa, indicó el magistrado, que cada uno de los siete jueces electorales que integran la Sala Superior deberá atender 50 expedientes para elaborar los proyectos de sentencia correspondientes y someterlos a consideración del pleno.

El órgano jurisdiccional deberá resolver todos los juicios de inconformidad relacionados con la elección presidencial a más tardar el 31 de agosto.


Alejandro Páez, La Crónica, 17 de julio.

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