Los integrantes de las comisiones de Defensa Nacional, Seguridad Pública, Justicia, Gobernación y Estudios Legislativos establecieron “candados” para evitar la instalación de un Estado policiaco, pues a diferencia de la propuesta del Ejecutivo, obligan a salvaguardar en todo momento las garantías individuales.
El Ejecutivo sólo podrá desplegar a la fuerza castrense cuando un gobernador o Congreso local justifique ante el Consejo de Seguridad Nacional que las autoridades locales han perdido la capacidad de controlar la situación; posteriormente, el Pleno senatorial apruebará la solicitud.
La Cámara de Senadores tendrá un plazo no mayor a 48 horas para emitir una “Declaratoria de existencia de una afectación a la seguridad nacional”, que delimite la temporalidad, zona geográfica, actores y facultades. En ningún caso podrá ser por tiempo indefinido.
Una vez emitida la declaratoria deberá publicarse en el Diario Oficial de la Federación (DOF), y el secretario ejecutivo del Consejo de Seguridad Nacional dará vista de la misma a la CNDH y a los organismos a nivel local para que ejerzan sus facultades y atribuciones en materia de promoción y protección de los derechos humanos.
El resumen ejecutivo de los acuerdos logrados por los senadores hasta ayer —en poder de EL UNIVERSAL— no considera la ampliación de facultades del Ejército para realizar tareas de investigación o de custodia de detenidos. En el documento se amplía la definición constitucional del concepto de seguridad interior, que a diferencia de la seguridad nacional, tienen competencia los tres niveles de gobierno.
El documento especifica que el personal de las instancias de seguridad nacional, incluidos los militares, estará obligado a guardar el secreto y confidencialidad de la información que conozca y sujeto a evaluaciones de control de confiabilidad como exámenes médicos, poligráficos, socioeconómicos, sicológicos y toxicológicos.
Los senadores también avanzaron en los lineamientos para fortalecer al Centro de Investigación y Seguridad Nacional (Cisen), que por primera vez podría realizar no sólo tareas de inteligencia, sino de “contrainteligencia” a fin de evitar que el enemigo obtenga información secreta del Estado.
Pero eliminaron la posibilidad de que el Cisen pueda constituir personas morales de derecho privado y recurrir al uso de información anónima y a la colaboración de terceros para la operación de tareas de inteligencia.
Establece controles para tener acceso a información considerada de seguridad nacional. Todo servidor público deberá otorgar por escrito una “promesa de confidencialidad” que respetarán en todo momento, aun cuando no conserven el mismo cargo.
El acceso a archivos confidenciales estará condicionado a su estatus jerárquico, a la necesidad de conocer la información con base en sus facultades, atribuciones o funciones, y a la certificación que en control de confiabilidad le sea expedido por la instancia a la que se encuentren adscritos.
Los senadores intentan alinear en la Constitución y leyes secundarias los conceptos de seguridad interior, seguridad pública y riesgo de amenaza.
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