El Senado sí puede impugnar decreto presidencial del apagón analógico: SCJN

Por siete votos contra tres, el Pleno de la Suprema Corte de Justicia resolvió que el Senado sí tiene interés legítimo para impugnar el decreto presidencial que busca concretar la transición a la televisión digital antes de 2015, el cual fue publicado el 2 de septiembre del año pasado. La otra votación importante del día: decidir si el decreto es una norma general o un acto administrativo, quedó en suspenso, con un empate a cinco votos ante la ausencia del ministro Guillermo Ortiz Mayagoitia, quien se incorporará el próximo lunes a la discusión y tendrá la voz definitiva. El tema es trascendental porque si se determina que es un “acto administrativo” se requerirían seis votos para anular el decreto, a diferencia de los ocho que se necesitarían para cancelar una norma general. Resuelta esta situación se procederá al estudio de fondo: decidir si el decreto a favor del llamado apagón analógico es o no inconstitucional, como concluyó la ministra ponente Olga Sánchez Cordero en su proyecto, con el argumento de que el presidente Felipe Calderón invadió la materia de radio y televisión, reservada a la Comisión Federal de Telecomunicaciones (Cofetel). Ayer, la mayoría de los ministros apoyó la tesis de Sánchez Cordero en el sentido de que el Congreso sí tenía facultades para cuestionar el decreto. Sin embargo, casi nadie compartió sus reflexiones y hubo quienes, como José Ramón Cossío y Margarita Luna Ramos, los criticaron de manera clara. En su respuesta a la controversia constitucional promovida por la Cámara Alta en octubre de 2010, el Consejero Jurídico de la Presidencia Miguel Alessio Robles pidió a la Corte sobreseer el juicio, al considerar que el Senado carecía de interés legítimo para promoverlo y negó invasión de facultades, pues, dijo, “el documento sólo establece lineamientos a diversas entidades para que, en el ámbito de sus atribuciones y de forma coordinada, realicen las acciones para concretar la transición a la televisión digital”. Desde el año pasado, Sánchez Cordero admitió la demanda —entre presiones del propio Alessio Robles, y del titular de la Unidad de Asuntos Jurídicos de la SCT: Gerardo Sánchez Henkel— y suspendió por tiempo indefinido el decreto, lo que fue avalado meses después por la Primera Sala. Daniel Blancas Madrigal, La Crónica, 11 de noviembre.

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