Actos de culto fuera de templos, aprobados


La Cámara de Diputados aprobó una reforma al artículo 24 constitucional para garantizar la libertad de conciencia y de religión, con “el derecho de practicar individual o colectivamente, tanto en público como en privado, las ceremonias, devociones o actos del culto respectivo, siempre que no constituyan un delito o falta penados por la ley”.
Con 199 votos a favor, 58 en contra y tres abstenciones, el pleno cameral avaló el dictamen de la Comisión de Puntos Constitucionales, para establecer igualmente que “nadie podrá utilizar los actos públicos de expresión de esta libertad con fines políticos, de proselitismo o de propaganda política”.
Aunque el proyecto impulsado por las bancadas del PRI y del PAN preveía suprimir el párrafo referente a las condicionantes para celebrar actos religiosos de culto fuera de los templos, finalmente se restituyó en el dictamen:
“Los actos religiosos de culto público se celebrarán ordinariamente en los templos. Los que extraordinariamente se celebren fuera de éstos se sujetarán a la ley reglamentaria”.
La fracción panista retiró sus propuestas sobre el derecho a la educación religiosa y el derecho a la asociación religiosa, con el fin de alcanzar las dos terceras partes de la votación, pues ambos puntos dividieron internamente a priistas y perredistas.
Dichos aspectos reconocían “el derecho de los padres a educar a sus hijos de acuerdo con sus convicciones religiosas, aun dentro de la escuela pública”, además de admitir la existencia de las asociaciones religiosas, incluso antes de su reconocimiento jurídico.
A pesar de la supresión de los puntos más polémicos del proyecto, los diputados del PRD y del PT identificados con el movimiento de Andrés Manuel López Obrador se opusieron terminantemente a la reforma y hasta tomaron dos veces la tribuna, con el propósito de frenar la discusión.
Legisladores como Enoé Uranga, Teresa Incháustegui, Gerardo Fernández Noroña y Jaime Cárdenas advirtieron que la enmienda constitucional “liquida” al Estado laico y concede a los ministros de culto la posibilidad de hacer activismo político.
Claves
“Talibanes laicistas”
• Los opositores a que exista una verdadera libertad religiosa en México son “talibanes laicistas”, que pese a ser un derecho internacional reconocido, se niega y se va contra el artículo primero de la Constitución, consideró el sacerdote Manuel Corral, secretario de Relaciones Públicas de la Conferencia del Episcopado Mexicano.
• La discusión en la Cámara de Diputados sobre la modificación al artículo 24 constitucional provocó que Iglesias como la Luz del Mundo manifestara que se requiere realizar una consulta entre la jerarquía de las religiones para conocer la opinión de éstos.
México • Fernando Damián e Israel Navarro, Milenio, 16 de diciembre.

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