En las reglas, que implicaron modificaciones al artículo 115 de la Ley de Instituciones de Crédito, los intermediarios mexicanos iniciarán un seguimiento minucioso a sus clientes.
En los lineamientos se obligará a las entidades a clasificar a los cuentahabientes con base en su nivel de riesgo, además de que se vigilarán las operaciones en efectivo, transferencias de fondos y cheques de viajero.
Como lo adelantó en agosto pasado EL UNIVERSAL, los intermediarios tendrán que solicitar a todos los clientes datos personales y especificar su actividad; incluso, se requerirá copia de algunos documentos para abrir y ampliar expedientes.
Si una persona, por sus características, pudiese generar un alto riesgo para el banco, al menos un directivo que tenga facultades específicas para aprobar la apertura o celebración de las cuentas o contratos, deberá otorgar, por escrito o en forma electrónica, la aprobación respectiva.
En el caso de transferencias, los usuarios tendrán que identificarse cuando realicen una transacción equivalente a 3 mil dólares; sólo cuando no sean clientes de la entidad en la que efectuarán la transacción. Para cheques de viajero y operaciones en efectivo se reforzará la vigilancia, incluso se les solicitará información personal al momento de canjear el cheque.
Según las nuevas reglas para el combate al blanqueo y al financiamiento al terrorismo que entrarán en vigor a partir de hoy, se redefinen los tiempos para reportar operaciones relevantes, inusuales y sospechosas.
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