Tribunal decide revisar conducta de televisoras

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación determinó ayer entrar “al fondo” de la discusión sobre las presuntas irregularidades cometidas por las televisoras, al transmitir en bloque y con cortinillas los promocionales de partidos políticos el 31 de enero y 1 de febrero.



En un hecho sin precedentes, la Sala Superior tomó esta determinación pese a que el proyecto original del magistrado Pedro Esteban Penagos proponía desechar una queja en contra de Televimex, SA de CV (Televisa), en virtud de que el promovente —PT— se desistió de ratificar el recurso de apelación.

Entre las irregularidades cometidas por Televisa y Tv Azteca se identificó la transmisión en bloque de la totalidad de los promocionales pautados por hora y la inserción de una cortinilla de 10 segundos al inicio del bloque de la transmisión, imputando al IFE la orden.

El magistrado Flavio Galván pidió entrar al fondo del análisis de este caso. “Estamos ante uno de los supuestos de ejercicio de acción tuitiva del interés colectivo o interés general”, añadió.

“Para mí éste no es un caso que involucre el interés particular del partido político recurrente o de la empresa que fue señalada como infractora, en su momento; sino que es un tema de interés público, de interés de la vigencia de los principios constitucionales y de los principios legales que rigen la materia de radio y televisión”.

El proyecto inicial que se discutió en el IFE planteaba una multa de más de 4 millones a Televisa, que posteriormente fue sobreseída. El propio Tribunal pidió al IFE entrar al fondo del asunto y el Consejo General de éste declaró “infundada” la sanción, por lo que el PT impugnó y luego se desistió.

En tanto, el Tribunal Electoral ordenó al IFE emitir una nueva sentencia en torno a la multa de 2 millones 200 mil pesos aplicada el 9 de marzo a Televisión Azteca, SA de CV.

Es la segunda vez que dicho Tribunal regresa al IFE este caso, ya que se le había impuesto una multa por 5 millones 259 mil 105 pesos, pero Tv Azteca interpuso un recurso y el Tribunal lo revocó.

Según los magistrados, en el acuerdo adoptado por el Consejo General del IFE no se razonó el por qué una amonestación pública sería insuficiente para cumplir con la finalidad correctiva y por qué una multa sí lo conseguiría.

En la ponencia del magistrado Manuel González Oropeza, se establece que el IFE actúo “incorrectamente”, al explicar la situación económica de Tv Azteca.

En consecuencia, ordenaron revocar la resolución para que el Consejo General del IFE emita una nueva resolución en la que fije la sanción correspondiente.
Jorge Octavio Ochoa, El Universal, 9 de abril.

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