Cofetel avala con 2 votos licitación

La Comisión Federal de Telecomunicaciones (Cofetel) falló a favor de asignar el espectro de la banda de 1.7 a 2.1 GHz a Nextel-Televisa, Telcel y Telefónica, conforme a los resultados de la licitación.

Sólo tres integrantes del pleno participaron en la votación: el presidente del órgano regulador, Mony de Swaan, Gonzalo Martínez Pous y Rafael del Villar, quien votó en contra.

Ernesto Gil Elorduy estuvo presente pero decidió no emitir su voto y José Luis Peralta envió de nueva cuenta su excusa, bajo el argumento de que debido a que no firmó las bases de licitación y emitió un voto particular en contra cuando se aprobaron estos lineamientos ahora no podía votar para el fallo.

La decisión se tomó luego de dos reuniones del pleno celebradas ayer, y a tres días de que venciera el plazo legal para emitir el fallo de este proceso.

El grupo formado por Nextel-Televisa, se adjudicó el bloque nacional de 30 MHz en esta banda, por el cual hará un pago inicial de 180 millones 300 mil pesos, y 18 mil 134 millones 339 mil 100 pesos en pagos anuales durante la vigencia de su concesión.

Telcel pagará 3 mil 793 millones 865 mil pesos, como pago inicial, por 21 bloques regionales de 10 Mhz y 12 mil 700 millones 399 mil 90 pesos por concepto de derechos de forma anual.

Telefónica se adjudicó 6 bloques regionales de 10 MHz, por los que pagará un monto inicial de mil 273 millones 884 mil pesos, y en pagos anuales un total de 5 mil 4300 millones 939 mil 200 pesos.

Luego de conocer el fallo, Telcel informó que espera dar seguimiento a los procedimientos requeridos para completar su proceso de adjudicación, y sobre el resultado de los segmentos en los cuales no participó, analizará el contenido de la notificación oficial que recibirá de Cofetel.

Avalan la votación

La Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) dijo en un comunicado que la entrega de concesiones a los ganadores de las licitaciones 20 y 21, de las bandas 1.7 y 1.9 MHz, respectivamente, no presenta impedimentos legales, “ya que esta dependencia y Cofetel cumplen con un procedimiento legal especial previsto en la Ley”.

“El juicio 174/2010 radicado ante la Juez Tercero de Distrito en Acapulco, promovido por un operador de telecomunicaciones, no es un juicio de amparo. Se trata de un juicio ordinario en el que las partes se consideran iguales y cuyas resoluciones pueden revocarse o modificarse por un Tribunal Superior en grado”, sostuvo.

Insistió en que no hay desacato por parte de la SCT, debido a que tiene expedito su derecho para hacer valer todos los medios de oposición e impugnación que autoriza la Ley. “Esos medios de defensa se interpondrán según sean necesarios o convenientes para la adecuada conducción del proceso”.

La Secretaria de Comunicaciones y Transportes seguirá siendo respetuosa de las decisiones firmes e inatacables que emita el Poder Judicial Federal y en todo momento garantizará la eficacia, legalidad y transparencia en estos concursos, afirmó la dependencia.
Angelina Mejía Guerrero, El Universal, 17 de agosto.

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