El TEPJF acepta impugnaciones de Televisa y TV Azteca contra las amonestaciones del IFE

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) dio entrada a impugnaciones de Televisa y TV Azteca contra las amonestaciones públicas de parte del Instituto Federal Electoral (IFE), por la presunta difusión de propaganda gubernamental del Ejecutivo durante las pasadas campañas locales.

Las quejas, que fueron presentadas por separado por las televisoras, buscan revertir la resolución CG268/2010 aprobada por el Consejo General del IFE.

La resolución del máximo órgano electoral del país consiste en una amonestación pública a las televisoras, según fue publicado en el turno de expedientes del Tribunal Electoral.

Cabe destacar que dichas impugnaciones se suman a las que presentaron por separado el Ejecutivo federal, el PAN, PRI y PVEM, a las cuales el organismo jurisdiccional dio entrada en días pasados.

Una de las impugnaciones fue presentada por Jesús Alejandro Araujo Delgado, representante legal de Televimex, y en ésta se incluye también a los medios de comunicación Radio Televisora de México Norte, Tv de los Mochis, Telesistema Mexicano y Televisora del Golfo.

En la víspera, el Tribunal Electoral dio entrada a la impugnación del Ejecutivo federal, acción que corrió a cargo de Miguel Alessio Robles, consejero jurídico del presidente Felipe Calderón, y en la impugnación se alega que “el IFE se extralimitó en sus funciones”.

El IFE resolvió en julio pasado que el Ejecutivo federal violó la Constitución al difundir el 15 de junio pasado en cadena nacional un mensaje en el que informó de su estrategia de seguridad, en tiempo electoral prohibido.

En aquella sesión los consejeros determinaron que el mensaje es propaganda gubernamental que no debió transmitirse bajo lo establecido en el artículo 41 constitucional, que prohíbe durante el periodo de campañas la difusión de materiales de ese tipo en estados con comicios.

Sostuvieron que si bien se trata de propaganda gubernamental, bajo la Constitución, el Ejecutivo sólo puede ser acusado por traición a la patria y delitos graves del orden común.

Tras la resolución, el Ejecutivo impugnó la decisión al considerar que con ella “se restringe la facultad del presidente de explicar a los ciudadanos sobre temas importantes como la seguridad”.

Además, señaló, “el IFE carece de atribuciones para imputar responsabilidad al Ejecutivo federal por el contenido de su mensaje a la nación en materia de seguridad nacional, ya que son meramente informativos y no propagandísticos”.
Luciano Franco, La Crónica, 9 de agosto.

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