Exigen a partidos cuota de género

El Tribunal Electoral Federal estableció ayer que los partidos políticos registrados deben cumplir con la cuota de género que establece la ley en la postulación de candidatos a diputados y senadores, propietarios y suplentes.

Los Magistrados aprobaron una resolución para evitar que en 2012 se repita el caso de las llamadas "Juanitas", candidatas que llevan como suplentes a varones, a quienes ceden la curul una vez ganada la elección.

"Para evitar estas triquiñuelas, donde las mujeres diputadas renuncian para que los suplentes hombres entren, lo que estamos promoviendo es un privilegio a un género que ha sido marginado, es un tratamiento especial", señaló el Magistrado Manuel González Oropeza.

Al ordenar modificar un acuerdo del IFE sobre los criterios aplicables para el registro de candidaturas a cargos de elección popular en 2012, el Tribunal consideró que el Instituto excedió su facultad reglamentaria al incluir una excepción a las cuotas de género.

Y es que el acuerdo del IFE exentaba a los partidos políticos de cumplir cabalmente las cuotas de género, que establecían el registro de al menos 40 por ciento de fórmulas de candidatos de un mismo género, cuando éstas fueran producto de la elección directa por la militancia o la ciudadanía, o de forma indirecta a través de una convención o asamblea, lo que limitaba a las mujeres la posibilidad de ser candidatas.

Los magistrados determinaron que se podrán registrar hasta 120 fórmulas para diputados y 26 para senadores del mismo género.

Asimismo, se estableció que las listas de candidatos por el principio de representación proporcional se integrarán por segmentos de cinco fórmulas, alternando dos del género distinto, mismas que deberán ser integradas por el mismo sexo.

Al resolver un recurso interpuesto por mujeres militantes de Movimiento Ciudadano, Nueva Alianza y el PRI, el presidente del Tribunal, Alejandro Luna Ramos, expresó que el acuerdo del IFE regulaba las cuotas de género por encima de la ley, al incluir una excepción no prevista en el Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales (Cofipe).

El Magistrado Constancio Carrasco argumentó que el artículo 4 de la Convención sobre la Eliminación de todas las formas de Discriminación contra la Mujer, firmada por México, establece que los Estados podrán tomar medidas especiales y temporales para acelerar la igualdad de facto entre el hombre y la mujer.

El magistrado Pedro Esteban Penagos señaló que el marco constitucional y legal mexicano prohíbe la discriminación por género y destacó que un sistema democrático se sustenta en la libertad y en la igualdad.

Por ello, añadió, es derecho de los ciudadanos, y obligación de los partidos políticos brindar iguales oportunidades a hombres y mujeres para participar en la vida política nacional.


Leslie Gómez, Reforma, 1º de diciembre.

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