Inconsistentes las reglas electorales

Las contradicciones en las leyes que castigarán las irregularidades en el proceso federal electoral del próximo 5 de julio persisten: además de las observaciones que hizo el presidente Felipe Calderón, en la reforma electoral los legisladores descuidaron una antinomia entre el Cofipe y el Código Penal Federal para sancionar a quien difunda sondeos y encuestas de opinión fuera de tiempo.

El artículo 237 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales (Cofipe) establece que durante los tres días previos a la jornada electoral y hasta el cierre de las casillas quedará prohibida la difusión de resultados de encuestas de salida o sondeos de opinión; mientras que el Código Penal Federal -en su artículo 403- también prevé esa prohibición, pero “durante los ocho días previos a la elección”.

El IFE, en el limbo

Alfredo Rodríguez Pacheco, senador del PAN, advierte que de no realizar esos cambios, el Consejo General del IFE quedaría en un “limbo jurídico”, al estar vulnerada su decisión sobre la imposición de multas o sanciones al infractor, debido a que este último podría apelar un auto de formal prisión aduciendo la inexacta aplicación de ambos Códigos.

Sumado a ello, el presidente Felipe Calderón objetó hace dos semanas las reformas a la Ley Federal de Radio y Televisión que aprobó el Congreso en febrero pasado, al considerar que existe un “defecto del sistema” a través de antinomias o contradicciones entre las sanciones establecidas en el artículo 350 del Cofipe y el artículo 64 de la Ley Federal de Radio y Televisión.
Jorge Monroy, El Economista, 13 de abril.

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